Los familiares de los presos políticos en Venezuela cumplen este lunes, entre la fe y la impaciencia, la quinta noche de espera de nuevas excarcelaciones...
- 20/01/2026 14:08
El Ministerio de Desarrollo Agropecuario (Mida) oficializó este martes 20 de enero la prohibición de registro, importación, comercialización y uso de ocho plaguicidas considerados altamente peligrosos (PAP’s) en todo el país.
La medida, establecida mediante la Resolución No. OAL-003-ADM-2026 y publicada en la Gaceta Oficial No. 30447 este martes, responde a la creciente preocupación por los altos índices de cáncer en el país y la toxicidad de estas sustancias.
La resolución identifica tres categorías de productos que quedan prohibidos debido a sus efectos adversos:
• Benomilo y endosulfán: Sustancias de uso restringido ahora prohibidas por ser agentes mutagénicos y disruptores endocrinos. El endosulfán es, además, un contaminante orgánico persistente incluido en el Convenio de Estocolmo.
• Carbaril: Clasificado como carcinogénico y altamente tóxico para las abejas.
• Agentes carcinogénicos adicionales: Se prohíben los ingredientes activos alaclor, formaldehído, imazalil, propaclor y spirodiclofen, identificados como cancerígenos por agencias internacionales como la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer y la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos.
El Gobierno panameño fundamenta esta decisión en estadísticas de salud alarmantes, señalando que solo en 2020 se registraron 7,681 nuevos casos de cáncer en Panamá, siendo esta la principal causa de muerte en el país.
Estudios en laboratorios de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario han detectado residuos de estas sustancias en alimentos, agua de consumo humano y muestras de importantes cuencas hidrográficas.
La exposición a estos químicos ocurre principalmente por vía cutánea, oral y respiratoria, lo que representa un riesgo inaceptable tanto para los trabajadores agrícolas como para la población general.
La resolución establece un periodo de gracia de dieciocho meses para que los importadores y distribuidores agoten las existencias actuales de estos plaguicidas que ya contaban con registro en el país.
Una vez finalizado este plazo, el Mida, en coordinación con el Ministerio de Salud, procederá a recoger cualquier formulación restante en bodegas o puntos de expendio para devolverlas a su país de origen.
Las empresas que infrinjan estas disposiciones serán sancionadas conforme a la Ley No. 47 de 1996.
Esa medida busca fortalecer la gobernanza fitosanitaria y asegurar que la producción agrícola panameña se alinee con los estándares internacionales de seguridad química y ambiental, según la resolución.