Morosos de impuesto tendrán recargos

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PANAMÁ. Debido a las confusiones generadas sobre el cobro del impuesto a los terrenos de apartamentos sujetos al régimen de Propiedad Horizontal (PH), la subdirectora de Ingresos, Maricel Della Togna, explicó que los pagos tienen fecha tope y son de conocimiento público.

“Las personas que no pagaron el 30 de abril, tendrán que pagar un recargo por el saldo del impuesto no pagado. Mientras más rápido paguen, menor será el monto a pagar”, advirtió al referirse a Ley 49 que se promulgó en septiembre.

Della Togna añadió en un comunicado que la Ley 8 del 15 de marzo de 2009, lo que hizo fue cambiar la tarifa.

Se estandarizó al 1% para todos los terrenos inscritos bajo el régimen de PH, siempre que tuvieran mejoras exoneradas, sin importar que el terreno no sobrepase los 30 mil dólares.

El impuesto solo aplica para terrenos de PH, puesto que la tarifa de viviendas unifamiliares no se ha modificado, recalcó la funcionaria.

La primera partida del pago del impuesto de inmueble concluyó el pasado viernes 30 de abril, mientras que el plazo de la segunda vencerá el próximo 31 de agosto, y el de la tercera el 31 de diciembre de este año.

De acuerdo con el MEF, son objeto de este impuesto todos los terrenos situados en el territorio jurisdiccional de la República, así como los edificios y demás construcciones permanentes hechas, o que se construyeron sobre dichos terrenos, tengan o no títulos de propiedad inscritos en el Registro Público.

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