Multa para extranjeros sin papeles

PANAMÁ. Dos artículos de la Ley N° del 22 de febrero, que crea la Dirección Nacional de Migración y la carrera migratoria fueron reglame...

PANAMÁ. Dos artículos de la Ley N° del 22 de febrero, que crea la Dirección Nacional de Migración y la carrera migratoria fueron reglamentados mediante un Decreto Ejecutivo 804, del 22 de diciembre de 2009, que dicta las disposiciones para los extranjeros que no porten el documento de identidad personal.

El Decreto 1 establece que Migración o los Servicios de Policía están facultados para solicitar obligatoriamente la documentación con foto a un extranjero que permita establecer las generales.

El Decreto 2 dispone que quien no porte esta documentación se le dará una boleta de citación para que pague la multa de 10 dólares en un plazo de 48 horas en las oficinas de Migración.

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