Presidente Cortizo anuncia extensión de moratoria bancaria hasta el 30 de junio de 2021

Actualizado
  • 22/10/2020 17:37
Creado
  • 22/10/2020 17:37
El nuevo acuerdo amplía el ya logrado el 4 de mayo pasado y que establecía un periodo de moratoria hasta el 31 de diciembre de este año

El presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen anunció la tarde de este jueves la extensión de la moratoria bancaria hasta el 30 de junio de 2021, para aquellas personas que no han podido cumplir sus obligaciones con los bancos, debido a la reducción de sus ingresos por la pandemia de covid-19.  

"Me complace anunciar que atendiendo las preocupaciones de los panameños, la Superintendencia de Bancos dicta hoy un acuerdo bancario que establece la extensión de la moratoria hasta el 30 de junio de 2021, una medida de alivio económico significativa que beneficia a los panameños afectados por la pandemia", informó el mandatario.

El gobernante indicó que esto quiere decir que las personas que continúan afectadas en sus ingresos a causa de la crisis, podrán reprogramar, por lo tanto, el pago de sus obligaciones hasta el 30 de junio de 2021.

Precisó que durante este periodo, los bancos no ejecutarán las garantías ni afectarán las referencias de crédito de quienes hayan modificados sus préstamos y para ello, los afectados deberán acercarse a sus bancos para solicitar la aplicación de las medidas de alivio financiero.

"Las decisiones del Gobierno siempre estarán dirigidas a favorecer a todos los sectores, pero cuidando siempre que nadie se quede atrás. Nuestro país se va a recuperar, no tengo la menor duda de eso", afirmó Cortizo Cohen.

El nuevo acuerdo amplía el ya logrado el 4 de mayo pasado y que establecía un periodo de moratoria hasta el 31 de diciembre de este año.

El anuncio y la firma de este nuevo acuerdo se dio en un acto realizado en el Salón Amarillo de la Presidencia de la República, encabezado por el Presidente Laurentino Cortizo Cohen, en compañía de Diputados de la Asamblea Nacional, Nicolás Arditto Barleta Secretario Ejecutivo de la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos y Luis La Roca quien preside esta Junta Directiva.

Las modificaciones establecidas en el nuevo acuerdo están encaminadas a mantener la viabilidad y la sostenibilidad de 1,920,677 operaciones de crédito existentes entre los bancos y sus clientes, según cifras de la SBP al cierre de agosto de 2020.

Las mismas pueden incluir el otorgamiento de períodos de gracia, en función de la nueva capacidad de pago de cada cliente, extensiones de plazo de vencimiento de los préstamos, ajustes de la letra o cuota mensual, entre otras opciones.

Las medidas de alivio financiero se continuarán realizando en el mencionado plazo de seis (6) meses, sobre la condición financiera de cada cliente, estipula el acuerdo de modificación de la SBP.

Los bancos no ejecutarán las garantías de los préstamos que ya se encuentren modificados ni de los que se modifiquen, en el nuevo plazo otorgado, incluyendo viviendas, fincas, terrenos, locales comerciales, autos, buses y otras garantías.

Otro aspecto importante del Acuerdo No. 13-2020, es que a los préstamos modificados no le será aplicable el cobro de intereses moratorios ni cargos o penalidades y no se afectarán las referencias de crédito de los clientes durante el período adicional para acordar las modificaciones de los préstamos.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Bancaria, el Acuerdo Bancario No. 13-2020 es, una regulación de aplicación general a los bancos, de obligatorio cumplimiento, y cuya inobservancia es susceptible de sanciones por parte de esta Superintendencia.

En él, los bancos se comprometen a fortalecer y robustecer los canales de atención a sus clientes y consumidores para atender cualquier situación de consulta y reclamo sobre los préstamos modificados, para lo cual la Superintendencia continuará recibiendo, cualquier reclamo o consulta conforme a los procedimientos establecidos en la Ley Bancaria.

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