Títulos de propiedad de cientos de familias en Colón, en el limbo

  • 29/06/2026 00:00
Una solicitud de margen de advertencia en el Registro Público sobre unas 400 segregaciones deja los títulos de propiedad de las familias en el limbo hasta que se resuelva un pleito de traslape que viene desde la década de 1970

Una solicitud de margen de advertencia sobre las segregaciones de la finca 6702, en Sabanitas, Colón, ante el Registro Público, deja el título de propiedad de cientos de familias en el limbo, a pesar de que las casas ya las terminaron de pagar al Banco Hipotecario Nacional (BHN).

Roberto Berastegui, representante legal de la sociedad Berasvas, S.A., presentó la solicitud de margen de advertencia el pasado 3 de junio contra las inscripciones en el Registro Público de las segregaciones de la finca 6702.

La medida se sustenta en que las inscripciones de las segregaciones violan el artículo 1880 del Código Civil, que establece que «no se registrará instrumento alguno que transmita, modifique o limite el dominio de bienes inmuebles o naves, ni en el que se constituya, modifique o extinga algún derecho de hipoteca u otro gravamen sobre los mismos, cuando subsista alguna inscripción provisional relativa al inmueble o nave mencionados en el instrumento en el Registro».

En la solicitud de margen de advertencia, Berastegui hace referencia a que en el Registro Público ingresó el oficio del Juzgado Segundo del Circuito Civil de Colón, en el que se remite copia autenticada de la sentencia No. 57 del 31 de mayo de 2012, mediante la cual se declara probada la pretensión dentro del proceso de deslinde y amojonamiento interpuesto por la sociedad Berasvas contra el BHN, en la que la finca 6702 quedó con una superficie de una hectárea con 3,790 metros cuadrados.

La sentencia del Juzgado Civil de Colón fue confirmada por el Primer Tribunal Superior en un fallo de octubre de 2017 y por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia en abril de 2019.

A juicio de Berástegui, el Registro Público tenía que suspender las segregaciones que fueron presentadas; sin embargo, hizo todo lo contrario, pues procedió a realizar las inscripciones pertinentes, por lo que consideró necesario proceder con lo que establece el artículo 1790 del Código Civil. «Siempre que el Registrador notare un error de los que no puede rectificar por sí, ordenará que se ponga una nota marginal de advertencia y la avisará por el periódico oficial, y la notificará en los estrados del despacho a los interesados, si no pudiere notificarlos personalmente».

En la solicitud de margen de advertencia, Berastegui alega que ninguno de los propietarios de las residencias que adquirieron el título de propiedad bajo estas circunstancias «son adquirientes de buena fe, ni poseen justo título», porque la demanda de deslinde y amojonamiento gozaba de prelación registral, ya que se convirtió en definitiva con la presentación de la sentencia debidamente ejecutoriada.

Berastegui dijo que su solicitud no busca perjudicar a los dueños de las casas y que está en disposición de solucionar con el Gobierno esta situación que tiene cinco décadas sin una solución definitiva. «Estoy reclamando un legítimo derecho», recalcó.

Explicó que en el Registro Publico se inscribió primero la demanda y luego la sentencia, por lo tanto nunca se debieron haber inscritos las 400 segregaciones que se hicieron de la finca.

Los hechos se remontan a la década de 1970, cuando el Gobierno compró la finca 6702 a la sociedad Constructora Progreso para construir las barriadas Nuevo Colón I y Nuevo Colón II, y el BHN financió las casas que fueron adquiridas, en su mayoría, por personas que vivían en inmuebles condenados en el casco antiguo de Colón. Sin embargo, la sociedad Berasvas, S.A., presentó varios reclamos porque la finca 6702 traslapaba su finca 3833, pero fueron desestimados por las autoridades de la época.

Con el restablecimiento de la democracia en el país, Berástegui reanudó los procesos para que las autoridades reconocieran el traslape de los planos y se le indemnizara, en vista de que la mayor parte de las barriadas Nuevo Colón I y II se habían construido sobre la finca 3833, es decir, la de Berasvas, S.A.

El Juzgado Segundo Civil de Colón le dio la razón a Berástegui mediante una sentencia del 31 de mayo de 2012. La sentencia del Juzgado Civil de Colón fue objeto de un proceso de casación ante la Sala Primera Civil de la Corte Suprema de Justicia, presentado por el BHN y el Ministerio Público. El 4 de abril de 2019, en un fallo unánime bajo la ponencia del magistrado Hernán De León, confirmó la sentencia y, de paso, dio por terminadas cinco décadas de reclamos de Berástegui para que el banco estatal lo indemnizara por el uso de su finca para la construcción de las barriadas.

El 17 de marzo del año pasado, la Procuraduría General de la Nación emitió su concepto favorable para el acuerdo de transacción judicial entre la sociedad Berasvas y el Banco Hipotecario Nacional para su aprobación en el Consejo de Gabinete.

Berastegui fue enfático en señalar que el BHN fue estafado porque compró una finca que supuestamente tenía 50 hectáreas, cuando en realidad era un poco más de una héctarea.

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