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- 12/08/2025 11:28
La resolución que prohíbe la venta y consumo de cigarrillos electrónicos a menores de edad y el vapeo en lugares públicos entrará en vigor este miércoles 13 de agosto en Panamá, informó el Ministerio de Salud (Minsa).
Se trata de la Resolución 146 de 31 de enero de 2025, que establece disposiciones para la regulación del uso, comercialización, promoción, publicidad y consumo de los sistemas electrónicos de administración o no de nicotina (SEAN y SESN); de productos de tabaco calentado convencionales (PTC); de productos de nicotina oral (PNO); de sus consumibles, envases de recarga, depósitos o cartuchos, y demás accesorios, con o sin nicotina, en la República de Panamá.
”Esta normativa tiene como objetivo proteger la salud de la población, con énfasis en niños, niñas y adolescentes, frente a los riesgos documentados por el uso y la exposición a estos productos, así como a sus emisiones. La medida responde al principio precautorio de salud pública y a la evidencia disponible sobre los efectos adversos asociados a estos dispositivos”, agrega un comunicado del Minsa difundido este martes.
La resolución establece que los productos regulados por la misma no pueden estar al alcance ni a la vista del público, es decir, “no deben exhibirse en vitrinas abiertas, mostradores ni estar directamente accesibles al cliente”, y que el no atender esta disposición puede conllevar a “decomisos y sanciones”.
Queda vetado el uso de estos dispositivos “en todos los lugares donde ya está prohibido fumar productos de tabaco”, lo que incluye oficinas públicas y privadas, escuelas, hospitales, medios de transporte, restaurantes, bares, centros comerciales, estadios, iglesias, hoteles, discotecas y espacios deportivos, entre otros. ”Donde no se puede fumar, tampoco se puede vapear o usar estos dispositivos”, dice el Minsa.
Destaca que también “se prohíbe su venta a menores de edad. Los puntos de venta deben colocar carteles visibles que adviertan sobre esta prohibición y están obligados a verificar la edad de los compradores mediante cualquier identificación oficial válida (cédula de identidad personal, licencia de conducir, pasaporte)”.
La resolución establece además que no se permite la publicidad ni la promoción de estos productos, de manera directa o indirecta, “incluyendo la realizada en empaques, redes sociales, medios tradicionales o digitales”.
El Ministerio de Salud, que ha hecho un llamado a los comerciantes y a la ciudadanía en general a respetar esta normativa, asegura que las autoridades sanitarias y aduaneras “estarán vigilando su cumplimiento, conforme a sus competencias” y que las sanciones previstas en la ley contemplan “decomisos, clausuras, multas económicas e incluso la destrucción de productos incautados, dependiendo de la gravedad de la infracción”.
En mayo pasado, el Minsa difundió una encuesta mundial reveló un aumento en el uso de productos de tabaco por parte de adolescentes de entre 13 y 15 años en Panamá, por lo que pidió a los padres estar atentos para que sus hijos no incurran en esta práctica.
Según el sondeo, el consumo de productos convencionales del tabaco estadísticamente se mantenía estacionario en el país, pero cuando se trataba de los cigarrillos electrónicos se registraba “un aumento del 2% en la prevalencia de consumo”.
El ministro de Salud, Fernando Boyd Galindo, indicó entonces que los resultados del sondeo permitirían “permitirá valorar el comportamiento de la epidemia de tabaquismo en la población adolescente entre 13 y 15 años” en este país centroamericano, que se destaca como uno de los de menor consumo de cigarrillos, con una prevalencia en adultos del 6,3 %, según datos oficiales correspondientes a 2021.