TE admite solicitud de revocatoria de mandato para la alcalde del distrito de Panamá

Actualizado
  • 07/03/2022 12:25
Creado
  • 07/03/2022 12:25
Una vez autorizada la recolección de firmas se deberá recolectar el 30% del Padrón Electoral. , que en las elecciones de 2019 fue de 198,920 electores

El Tribunal Electoral (TE) admitió la solicitud de revocatoria de mandato del alcalde del distrito de Panamá, José Luis Fábrega.

La solicitud fue presentada, el 22 de febrero, ante la Dirección Regional de Organización Electoral de Panamá Centro por el ciudadano Roberto Ruíz Díaz.

“Esta solicitud surge ante la falta de transparencia, de consulta ciudadana, y por las irregularidades administrativas y el manejo del presupuesto que se ha estado dando”, aseguró Ruíz Díaz, quien ha logrado que el TE admitiera por primera vez una solicitud de este tipo.

Fábrega y el la Fiscalía Electoral serán notificados de la admisión de la solicitud y se podrá interponer un recurso de apelación, dentro de los dos días hábiles siguientes a la notificación.

Una vez presentada la resolución, la dirección de Organización Electoral autorizará mediante resolución motivada, el inicio de la recolección del 30% del respaldo requerido.

El Padrón Electoral en el distrito de Panamá para las elecciones de mayo de 2019 fue de 663,067. El 30% sería 198,920 electores.

El Código Electoral señala que sobre revocatoria de mandato, contempla la pérdida de representación, revocatoria de mandato de los alcaldes, representantes de corregimiento y concejales postulados por partidos políticos y electos por libre postulación.

El Código Electoral disponen que no se podrán iniciar iniciativa de procesos de revocatoria de mandato por iniciativa popular, durante el primer y el último año de ejercicio del cargo, y que cada solicitud, si es admitida, conlleva la celebración de un referéndum revocatorio, que debe convocarse en un plazo no mayor de tres meses, es preciso limitar las solicitudes al segundo y tercer año del ejercicio del cargo, de manera que, a más tardar, en el cuarto año pueda estar celebrándose el referéndum revocatorio, de resultar procedente el mismo.

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