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- 16/04/2026 00:00
La propuesta de aumentar las penas de cárcel a los funcionarios que cobran y no laboran avanza en la Asamblea Nacional. La Comisión de Gobierno aprobó, en primer debate, el proyecto de ley impulsado por la diputada Janine Prado en conjunto con colegas de distintas bancadas, especialmente de Vamos.
El proyecto de ley, que modifica un artículo del Código Penal y agrega uno nuevo, pasa al pleno de la Asamblea Nacional para sus respectivos segundo y tercer debates, cuando solo quedan nueve días de sesiones ordinarias.
“El servidor público que acepte un nombramiento para un cargo público o perciba remuneración del Estado sin prestar el servicio para el cual ha sido designado, sin causa justificada, será sancionado con prisión de dos a cuatro años”, señala la propuesta que modifica el artículo 349 del Código Penal.
La pena se agravará de cuatro a ocho años de prisión si la lesión patrimonial al Estado supera los cincuenta mil balboas. Si el responsable de la conducta reintegra la totalidad del monto correspondiente a la lesión patrimonial al Estado antes de la expedición del auto de apertura a juicio oral, la pena será reducida a la mitad, establece la propuesta.
El Código Penal actual establece una sanción de 150 a 300 días-multa o trabajo comunitario.
El proyecto de ley adiciona el artículo 349-A, en el que se establece que el servidor público que, sin causa justificada, realice un nombramiento para un cargo público con el fin de que la persona no preste el servicio para el cual fue designada, o que no preste servicio en lo absoluto, será sancionado con prisión de cuatro a seis años.
La pena será de seis a diez años cuando el servidor público que realice el nombramiento lo haga con el fin de percibir una parte del salario de la persona designada. Asimismo, la pena será de seis a diez años cuando la lesión patrimonial al Estado supere los 50,000 balboas. Si el responsable de la conducta reintegra la totalidad del monto correspondiente a la lesión patrimonial al Estado antes de la expedición del auto de apertura a juicio oral, la pena será reducida a la mitad.
La diputada Prado sustentó, entre otros aspectos, la propuesta en que, a pesar de la gravedad del problema, el ordenamiento jurídico vigente presenta vacíos. El Código Penal contempla sanciones únicamente para quien cobra sin trabajar, pero no castiga penalmente a quien realiza el nombramiento irregular ni al cómplice o encubridor que permite la permanencia de estas personas en la planilla estatal.