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La contralora desprecia cargo del subcontralor
- 30/06/2014 02:00
- 30/06/2014 02:00
El diputado panameñista José Luis Varela publicó en su cuenta de Twitter que la contralora General de la República, Gioconda Torres de Bianchini, se va de vacaciones y deja encargado del puesto a su mano derecha, Roger Cerrud, ignorando al subcontralor, Luis Felipe Icaza Franceschi.
‘La Contralora piensa irse de vacaciones y en vez de asignar al sub-contralor, designa a Roger Cerrud, su mano derecha’, escribió el diputado.
Fuentes de la Contraloría informaron a La Estrella de Panamá que la situación es tal como la describe Varela, y tiene historia. Al quedarse Icaza laborando en la institución, la contralora lo excluyó de las actividades, funciones y responsabilidades que debía desempeñar con propiedad y, en su lugar, hizo de Cerrud el funcionario de su confianza.
Esa versión confirma la alerta de Varela.
Roger Cerrud funge en la institución como director Nacional de Fiscalización. De acuerdo con el organigrama de la entidad, el funcionario está muy por debajo de Icaza.
LOS NOMBRAMIENTOS
Al inicio de la actual gestión, cuando la alianza de Cambio Democrático y el Partido Panameñista era ‘más firme que el Peñón de Gibraltar’, el diputado Sergio Gálvez postuló a Torres de Bianchini para el cargo de contralora, y su entonces aliado Luis Eduardo Quirós propuso a Icaza Franceschi para subcontralor.
Difícilmente se pensaría que esa alianza llegaría a su fin luego de 26 meses, pero a diferencia de los otros panameñistas que abandonaron el barco gubernamental tras la ruptura de la alianza, Icaza se quedó en el puesto.
Al intentar entablar comunicación con la jefa de Relaciones Públicas de la Contraloría, Juana Alcázar, contestó en su lugar su hija, quien señaló que la funcionaria había dejado su teléfono móvil en casa.
LA LEY
¿Por qué Torres de Bianchini no le pidió al subcontralor que abandonara el cargo si no le generaba confianza?
Según el artículo 279 de la Constitución Política de la República de Panamá, la contralora y el subcontralor ‘
no podrán ser suspendidos ni removidos del cargo, sino por la Corte Suprema de Justicia, en virtud de causas definidas por la ley’.
En este sentido, también la Ley Orgánica de la Contraloría de 1984 detalla en los artículos 55, 56 y 57, las funciones del contralor y el subcontralor, la norma es clara. El literal ‘a’ del artículo 57 trata sobre las funciones del subcontralor: ‘reemplazar al contralor general durante sus ausencias temporales o accidentales...’.
Alvin Weeden, excontralor de la República, explicó, sin embargo, que no hay nada que le impida a la contralora encargar a quien quisiera en el cargo, en su ausencia. ‘Técnicamente, no hay nada que se lo impida, lo feo es que estando el subcontralor ella no acuda a él, lo que demuestra que existe una desconfianza manifiesta’, aseguró Weeden, quien agregó que tenía entendido que la funcionaria podría estar de vacaciones entre 4 ó 5 meses. La vigencia de ambos cargos es hasta diciembre.