La Corte puede tomar medidas

Actualizado
  • 29/03/2011 02:00
Creado
  • 29/03/2011 02:00
Desde el punto de vista legal, no hay nada que diga que un magistrado no se puede reunir con un prófugo, pero las normas del Código de É...

Desde el punto de vista legal, no hay nada que diga que un magistrado no se puede reunir con un prófugo, pero las normas del Código de Ética advierten que un magistrado no debe entrevistarse con personas que estén en procesos, ya sea fuera o dentro de sus despachos.

Así, dentro de la propia Corte Suprema de Justicia, en el cuerpo colegiado y a nivel disciplinario y administrativo se pueden tomar medidas. Pero en primer lugar, antes de hablar de ellas, debe demostrarse la denuncia. Cuando se comprueba, entonces se aplican sanciones, las cuales normalmente son de tipo moral.

Para la investigación, en el Órgano Judicial hay un Código de Ética Judicial que describe el procedimiento a seguir si una persona comete faltas.

Si embargo, soy de la opinión de que cualquier denuncia ética contra un magistrado debe ser investigada por la Asamblea de Diputados, porque en la Corte los magistrados no tienen a nadie sobre ellos.

Por eso propuse que se nombrara una comisión de notables que frente a una denuncia de faltas éticas actuara con la independencia y la autoridad moral debidas.

Es que si el Órgano Judicial está en esos niveles de cuestionamientos, la ciudadanía puede percibir que no hay independencia en la justicia, y eso es preocupante porque la sociedad tiene puesta la fe y la expectativa en nuestro sistema y que las personas que están allí van a resolver los conflictos jurídicos en justicia, en derecho y sin injerencias.

Eso es lo que la gente quiere de la Corte; absolutamente independiente y apegada al derecho.

Aquí lo importante ahora es la necesidad que hay de tener una justicia prístina, independiente e imparcial que, como he dicho siempre, complementa la democracia.

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