Cuando la muerte y una sentencia redefinen candidaturas

Actualizado
  • 26/12/2023 00:00
Creado
  • 25/12/2023 14:34
Los candidatos a los diferentes cargos de elección popular no pueden cambiar a sus compañeros de fórmulas, excepto en caso de fallecimiento. Actualmente hay movimientos en el panorama político

La oferta política a cargos de elección popular con miras a las elecciones de mayo de 2024, podrían tener variaciones de quiénes queden como principal y no cuenten con la figura de un suplente, pero sólo la inevitable muerte, concede la flexibilidad de reemplazar a candidatos hasta un mes antes de los comicios de mayo próximo.

¿Qué variaciones se estarían dando y por qué?

Se trata de que la figura principal quede sin suplente o viceversa por motivos de renuncia, judiciales y de fallecimiento.

El artículo 362 del Código Electoral establece que si un ciudadano declarado idóneo como candidato perdiera el carácter de postulado, su suplente asumirá el lugar del candidato principal. Si es que fallece o renuncia el candidato a suplente, el principal aparecerá sin suplente en la boleta.

Lo dispuesto en este artículo se aplicará también cuando el candidato a principal y suplente de diputado, alcalde, concejal o de representante de corregimiento, cambie su residencia a otro circuito electoral, distrito o corregimiento según el caso .

En tanto, el artículo 363 indica que cuando se trata del fallecimiento del respectivo candidato, y se hubiera vencido el período de postulaciones, el partido podrá hacer nueva postulación hasta un mes antes de las elecciones.

Un ejemplo es el caso de Ricardo Martinelli, candidato presidencial por el partido Realizando Metas (RM), quien está pendiente de una casación en la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en torno a si ratifica o no su condena por el caso New Business.

De ser rechazado el recurso de casación presentado por la defensa de Martinelli, pondría fin a las intenciones de revertir su sentencia lo que significaría que quedaría fuera de la carrera electoral y tendría que cumplir su condena de diez años con seis meses de cárcel y pagar la multa de $19.2 millones.

En caso de ser Martinelli inhabilitado, asumiría como candidato presidencial principal el ex ministro de Seguridad, José Raúl Mulino, actualmente su compañero de fórmula.

En esta situación el hoy candidato a vicepresidente Mulino se presentaría a los comicios del 5 de mayo como un aspirante al Palacio de las Garzas sin vicepresidente.

Hasta el 5 de abril de 2024, Realizando Metas y Alianza sólo tendrían oportunidad de postular un nuevo candidato presidencial en caso de que un Martinelli no inhabilitado fallezca o en su defecto con un Martinelli inhabilitado y Mulino asumiendo como aspirante a mandatario, se produzca el deceso del exministro de Seguridad.

En cambio, en el caso del candidato a la Alcaldía de Chorrera Abdiel Medina, cuyo suplente fue asesinado de varios disparos el pasado mes de octubre, el partido en este caso, el partido RM si podría postular a un nuevo suplente hasta un mes antes de las elecciones, ya que se trató de un (fallecimiento).

El que no dudó en aplicar esta norma de inmediato, fue el alcalde capitalino José Luis Fábrega, ya que quien fuera su compañero de fórmula y representante del corregimiento de la 24 de Diciembre, Nelson Vergara, falleció.

Así las cosas, el propio Fábrega confirmó que el abogado Arturo González Basso, del Movimiento Liberal Repúblicano Nacionalista (Molirena), actual partido aliado del PRD, reemplaza a Vergara y será su candidato a vicealcalde de la comuna capitalina.

Otro conocido caso, es el Thariel Sánchez de Sabas, quien iba a ser la compañerade fórmula de Luis Casis para la Alcaldía de Panamá.

Sin embargo, Casis al renunciar a su candidatura por la libre postulación para optar por ser el vicealcalde de Guillermo Bermúdez de la alianza (CD-Panameñista), colocó a Sánchez de Sabas, como la candidata principal y aparecerá en la papeleta para este cargo por la libre postulación.

Sánchez de Sabas, será otra de las candidatas que de ganar irá sin suplente, ya que lo indica el Código Electoral, en su caso no aplica para postular a un suplente, porque Casis (su principal) declinó, no falleció.

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