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El debate de las 70 mil firmas de Vamos y una propuesta en las reformas electorales
- 30/09/2026 00:00
Las 70 mil firmas que presentó la agrupación Vamos para solicitar la inscripción de su partido ha generado una serie de cuestionamiento y una serie de interrogantes
En medio de esta panorama, está la disposición específica del Código Electoral que un grupo de diputados busca modificar dentro de las reformas electorales.
La clave para entender el debate está en distinguir entre iniciadores y adherentes.
El Código Electoral establece que un grupo de ciudadanos que quiera formar un partido político debe presentar una solicitud ante el Tribunal Electoral.
Esos ciudadanos son los iniciadores del proceso. Deben aportar sus datos y cumplir los requisitos establecidos por la legislación.
El Tribunal Electoral revisa la solicitud y, si está en orden, autoriza a los iniciadores a proceder con la formación del partido. También declara abierto el periodo de inscripción de miembros.
Es en ese momento cuando comienza la etapa de inscripción de adherentes.
Los adherentes son las personas que se inscriben en el partido en formación durante el periodo que habilita el Tribunal Electoral.
Por tanto, las dos figuras aparecen en momentos diferentes del procedimiento.
Una vez que el Tribunal Electoral autoriza la formación del partido, se abre el periodo de inscripción de adherentes.
El artículo 67 establece que esas inscripciones se realizan durante todo el año en las oficinas y lugares que determine el Tribunal Electoral, salvo las suspensiones que correspondan durante los periodos electorales.
Cuando el partido alcanza la cuota necesaria, su representante provisional puede solicitar el cierre de las inscripciones.
Luego comienza otra fase: la elección de los primeros convencionales y la celebración de la convención constitutiva.
Después de esa convención, el partido solicita al Tribunal Electoral que reconozca legalmente su existencia.
Es decir, alcanzar la cantidad de adherentes no constituye por sí solo al partido. Todavía deben cumplirse las demás etapas establecidas en el Código Electoral.
En el caso de VAMOS, la agrupación entregó al Tribunal Electoral más de 70 mil firmas junto con la documentación para iniciar el proceso de formación de su partido.
La cifra es importante porque supera la cantidad mínima de adherentes que se exige actualmente para constituir un partido.
Sin embargo, hay que hacer una precisión: 70 mil firmas entregadas no significa automáticamente 70 mil firmas validadas.
El Tribunal Electoral debe revisar la documentación y determinar cuáles cumplen con los requisitos correspondientes.
Además, bajo la legislación vigente, la discusión sobre esas firmas no se limita a saber cuántas fueron entregadas. También importa determinar si pueden ser contabilizadas dentro de la cuota de adherentes. El artículo 66, numeral 5, establece que sí.
¿Qué cambió en el primer debate?
Aquí está la diferencia entre la ley vigente y la reforma que discute la Asamblea Nacional.
La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales aprobó en primer debate el Proyecto de Ley 699 el 23 de septiembre de 2026. Durante la discusión se introdujeron decenas de modificaciones al proyecto presentado originalmente por el Tribunal Electoral.
Una de esas modificaciones consiste en eliminar el numeral 5 del artículo 66.
Es decir, se elimina la disposición que actualmente establece que las firmas de los iniciadores deben contarse como parte del total de adherentes.
La propuesta fue incluida entre las modificaciones presentadas durante el primer debate. Según el reporte de la discusión legislativa, hubo dos paquetes de propuestas: uno presentado por las diputadas Alexandra Brenes y Walkiria Chandler y otro por los diputados Benicio Robinson y Luis Eduardo Camacho.
Aquí está la diferencia entre la ley vigente y la reforma que discute la Asamblea Nacional.
La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales aprobó en primer debate el Proyecto de Ley 699 el 23 de septiembre de 2026. Durante la discusión se introdujeron decenas de modificaciones al proyecto presentado originalmente por el Tribunal Electoral.
Una de esas modificaciones consiste en eliminar el numeral 5 del artículo 66.
Es decir, se elimina la disposición que actualmente establece que las firmas de los iniciadores deben contarse como parte del total de adherentes.
La propuesta fue incluida entre las modificaciones presentadas durante el primer debate. Según el reporte de la discusión legislativa, hubo dos paquetes de propuestas: uno presentado por las diputadas Alexandra Brenes y Walkiria Chandler y otro por los diputados Benicio Robinson y Luis Eduardo Camacho.