Juzgado fija fecha de audiencia contra exdirectores del Consejo de Seguridad

Actualizado
  • 29/11/2017 15:33
Creado
  • 29/11/2017 15:33
Se le investiga a los exfuncinarios  por el delito contra la libertad, en la modalidad de inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad, hecho que fue investigado de oficio

El Juzgado Decimosexto de Circuito Penal fijó del 15 al 19 y del 22 al 26 de enero del 2018, a las 9:00 a.m.,  la audiencia ordinaria contra Alejandro Garúz Recuero y Gustavo Pérez de la Ossa, ambos exdirectores del Consejo de Seguridad, por el delito contra la libertad, en la modalidad de inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad, hecho que fue investigado de oficio.

En tanto, se agendó la fecha alterna del 5 al 9  y del 12 al 16 de marzo de 2018, ambas a realizarse en el salón de audiencias del Segundo Tribunal Superior de Justicia.

Además, el juez Enrique Pérez estableció el reglamento de 11 puntos para la audiencia, debido a la multiplicidad de partes y sujetos procesales, para que la misma se lleve con el mayor orden, eficiencia e igualdad para las partes.

Para este fin, la audiencia se realizará a puertas cerradas conforme a lo normado por el artículo 2228 del Código Judicial, y las sesiones serán consecutivas dentro de los días fijados, por lo que se iniciará a las  de 9:00 a.m. y  culminará a 2:00 p.m., una vez el último letrado haga uso de la palabra.

En este sentido, la audiencia se reanudará al siguiente día, a las 9:00 a.m.. haciendo uso de la palabra quien asigne el presidente de la audiencia, para continuar a las 9:00 a.m. del día siguiente.

El reglamento también establece que en el caso de que alguna de las partes no esté presentes en el inicio de la audiencia, en el día siguiente, sin causa justificada, será sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8  del artículo 119 de la Ley 53 de 2015, en concordancia con el numeral 17 de la citada norma.

También se han reservado 26 asientos para cada defensa, el Ministerio Público, cada apoderado legal de las víctimas constituidas como querella, para el imputado y sus familiares y para cada uno de los ofendidos.

Los medios de comunicación y el público general no podrá ingresar a la sala de audiencia, por celebrarse a puertas cerradas por razones de interés público conforme lo dispone el artículo 29 de la Constitución Nacional y respecto a la intimidad de las personas ofendidas del delito, por lo que la información será canalizada por la Secretaría de Comunicación del Órgano Judicial.

Las reglas  mencionadas son meramente descriptivas y no restrictivas de las facultades que por ministerio de la ley ejerza el presidente de la audiencia 'in situ'.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus