Clara González: la primera batalla de la ‘mujer del siglo'

Actualizado
  • 20/03/2016 01:00
Creado
  • 20/03/2016 01:00
Quien pasaría a la historia como una de las más destacadas líderes del movimiento feminista panameño, en 1923 enfrentaba su primera encrucijada

En el año 1923, el feminismo estaba ‘de moda', como se refleja en las decenas de artículos publicados por La Estrella de Panamá a lo largo de ese año.

‘El femenismo triunfante' (13 de enero)'; ‘Sobre feminismo y sufragio' (editorial del diario el 7 de enero); ‘Orientación del feminismo en Panamá' (28 de enero); ‘Un nuevo centro feminista se crea en Antón' (15 de marzo); ‘Se fundará un gran partido feminista' (22 de septiembre), son apenas algunos de los titulares.

El tema estaba candente y los ánimos exaltados, no solo en Panamá, sino en la mayoría de los países del continente americano.

El año anterior, había tenido lugar en la ciudad de Baltimore, Estados Unidos, la Conferencia Panamericana de Mujeres, en la que delegadas de todas partes del mundo se comprometieron a fomentar valores y asociaciones feministas en sus respectivos países de origen.

En un mundo todavía convulsionado por la Primera Guerra Mundial, por la Revolución Rusa, por los movimientos sindicales, las mujeres empezaban a rechazar con fuerza su estatus de inferioridad legal y social.

Las primeras victorias las animaban: en el Reino Unido, habían conquistado ya el derecho al voto en 1918. En Suecia, en 1919. En Estados Unidos, en 1920.

En Panamá, en 1923, algunas mujeres valientes asumían como propio el nada fácil reto de llevar adelante este movimiento de contracultura, visto por la mayor parte de la sociedad con ligereza y condescendencia.

Las líderes indiscutibles de esa lucha eran Esther Neira de Calvo y Clara González.

Las primeras

Calvo y González no podían ser más distintas, observa la historiadora Yolanda Marco Serra en su libro Clara González de Behringer (Universidad de Panamá, Cooperación Española, 2007).

La primera, nacida en 1890, era diez años mayor, y disfrutaba de conexiones sociales importantes, pues su padre había sido miembro de la Primera Asamblea Nacional Constituyente. De joven había obtenido una beca para cursar estudios en Bélgica y Nueva York. Su carrera era boyante, estaba casada y tenía una hija.

El origen de Clara González era muy diferente. Si la primera provenía de un hogar estable, de clase media acomodada, la segunda, de una familia humilde y mal avenida, y había llegado a la madurez marcada por las cicatrices emocionales de la pobreza y el sufrimiento .

Nació en el año 1898, en Remedios, Chiriquí, un pueblo de campesinos de fuerte composición meztiza, en una de las áreas más pobres del país.

Tenía pocos años cuando experimentó los horrores de la Guerra de los Mil Días, especialmente la paliza que le propinaron los soldados a su padre, hasta dejarlo casi moribundo. A raiz de este hecho, su familia debió exiliarse en Costa Rica durante varios años.

Tal vez por los problemas acumulados, su padre, un español que había dejado esposa e hijos en el continente para hacer ‘la América', cayó en el alcoholismo, y maltrataba a su mujer, Basilia Carrillo, quien, sostiene Marco Serra, pudo haber sido por ello obligada a a huir a la capital, dejando atrás a sus dos hijos.

Estos problemas serían ya suficientes para afectar a cualquiera, pero no era lo único que guardaba Clara González en su psiquis. Según relata Marco, quien tuvo acceso a sus diarios personales, ella escondía otro dolor aun más profundo: a los 5 años había sido violada por el hijo de ‘su padrino', un poderoso terrateniente de Remedios.

Fue asaltada una noche mientras dormía, estando sus padres en un baile en la casa contigua. Según el relato de la misma Clara, ‘ella no llegó a despertarse del todo y su conciencia apenas captó lo ocurrido'. Sus padres se dieron cuenta a la mañana siguiente.

Si hoy en día se considera a quienes pasan por este trance como víctimas, en aquella época, a principios de siglo, adquirían, además del trauma, el estigma de ‘mujer deshonrada'.

En su diario, cuenta Marco, González recuerda como, a lo largo de su infancia y juventud, fue constantemente señalada, blanco de miradas cómplices, de ademanes de quienes conocían su secreto y por eso la consideraban menos.

El horror de este suceso perseguiría a Clara durante toda su vida, llegando al punto de que cada vez que establecía una relación significativa con un hombre, temía que al decirle la verdad, este la considerase poco digna del matrimonio.

Pero toda esta serie de penalidades de sus primeros años de vida hicieron, tal vez, a Clara González, más fuerte y decidida. Por ello, y tal vez por buscar una salida a su inconformidad, se inscribió en la Facultad de Derecho, de donde se graduaría en 1922 como la primera mujer abogada egresada de la Universidad de Panamá.

SITUACIÓN LEGAL DE LA MUJER

Las mujeres panameñas se encontraban en una situación jurídica superior a la de sus congéneres colombianas o españolas, pues la Constitución de la República de Panamá, de 1904 no discriminaba a la mujer.

En su artículo 49, la Carta Magna establecía que ‘todos los ciudadanos mayores de 21 años de edad tienen derecho al ejercicio del sufragio, excepto los que estén bajo interdicción judicial y los inhabilitados judicialmente por causa de delito'.

El artículo 11 de la misma constitución decía que ‘son ciudadanos de la República los panameños mayores de veintiún años'.

Sin embargo, las leyes y las costumbres imponían otra realidad.

Las mujeres, según recoge Clara González en su tesis de grado, no podían administrar los bienes de un ausente; sus relaciones jurídicas en el contexto del matrimonio eran desiguales, las causales del divorcio eran discriminatorias y la desfavorecían, al igual que los de la patria potestad.

Eran muchas restricciones más, pero entre estas, una la afectaba sobremanera: los artículos 415 y 416 del Código Civil panameño impedían a la mujer ejercer como abogado.

LUCHA POR SER ABOGADA

Consciente de la necesidad de acudir a los agentes de cambio, entre 1922 y 1923, Clara hizo llegar varias cartas al entonces presidente de la República, Belisario Porras, en las que le solicitaba un empleo y apoyo para solucionar su estatus profesional.

‘Es injusto el que yo haya pasado cuatro años en la escuela de derecho para satisfacer a su debido tiempo una legítima aspiración mía y que me haya sacrificado como nadie se imagina para que al fin de la jornada me encuentre en la situación en que estoy en que se me cierran las puertas. Supongo que no pensará usted que este año también me resignaré a ser maestra'.

El presidente, dice Yolanda Marco, probablemente no simpatizaba con sus ambiciones feministas, ni estaba acostumbrado a que le hablaran de esta manera, pero accedió a ayudarla.

El 22 de abril de 1923, Porras envió a la Asamblea Nacional un memorándum en el que señalaba ‘lo contradictorio de permitir a la mujer estudiar la carrera de derecho y, en cambio, no permitirle ejercer en el campo judicial'.

En 1924, la Asamblea finalmente acató la petición de Porras y designó una comisión legislativa para debatir la propuesta y elaborar un proyecto ley.

Así surgió la ley 55 del 3 de abril de 1924, que reglamentaría el ejercicio de la abogacía y concedía el derecho a ejercerlo a la mujer panameña.

Pensamiento

El derecho a ejercer su profesión fue una de las primeras batallas libradas por Clara González durante su vida pública. A ella le siguieron muchas otras en los años siguientes, siempre en defensa de los derechos de la mujer.

Quien llegara a convertirse con los años en una temida abogada (‘Cuídense, que nos cae Clarita', decían los policías cuando debían lidiar con una mujer), debió enfrentar durante sus primeros años la incredulidad de la sociedad.

En 1924, su primera intervención en un juzgado como abogada litigante, fue relatado con absoluta condescendencia: ‘con un alma y una serenidad no muy propias de su sexo y quien sabe si hasta en desacuerdo con su temperamento individual, la señorita Gonzalez se mostró a la altura en todos los momentos del debate. Formuló con propiedad los interrogatorios que se estimó conducentes a favorecer a su patrocinado y, llegado el momento de alegar, sentó las premisas y dejó rectamente las conclusiones de la defensa'.

En 1923, la vida de Clara González, posteriormente casada con un ingeniero estadoundense de apellido Berhringer, apenas empezaba.

Sin embargo, aquella mujer pequeña, de facciones aniñadas, de apenas metro y medio de estatura y 25 años, llevaba en su curriculum una gran cadena de logros, entre ellos, la fundación de la Sociedad Feminista y el Centro Femenino Renovación, que abría nuevos horizontes para ella y otras jóvenes humildes, deseosas de encontrar su lugar en el mundo.

Ese mismo año, ofrecería, una conferencia, evento cubierto por La Estrella de Panamá , en la que describiría el movimiento feminista como un momento de ‘transición, de anhelos y de reinvindaciones, que mostraría que las mujeres panameñas no eran tan pasivas que lleguen a olvidarse de sí mismas'.

Por delante, tenía toda una gama de conquistas que la llevarían a convertirse en la primera doctora en leyes de América Latina, y magistrada fundadora del Tribunal de Menores.

Hoy en día, Clara González es considerada una de las más destacadas representantes del movimiento feminista panameño, y nombrada por el intelectual Diógenes de la Rosa como ‘la mujer del siglo XX'.

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‘‘Las mujeres vivimos un momento de transición, de anhelos y reinvindaciones',

CLARA GONZALEZ

LÍDER FEMINISTA

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