Vence plazo de dar a la ORDECA

Actualizado
  • 30/10/2009 01:00
Creado
  • 30/10/2009 01:00
Es pero muy importante comenzar por señalar parte del Artículo 53 de la Organización Deportiva Centroamericana (ORDECA), que dice: “Los ...

Es pero muy importante comenzar por señalar parte del Artículo 53 de la Organización Deportiva Centroamericana (ORDECA), que dice: “Los Juegos Deportivos Centroamericanos son propiedad exclusiva de la ORDECA, a la cual pertenecen todos los derechos inherentes a su organización, su difusión y su reproducción por todos los medios”. Con esto quiero dejar claro aunque no le agrade a muchos, esta organización es presidida por el Lic. Melitón Sánchez Rivas hasta que finalice los IX JCA en marzo del 2010, cuando se elegirá a un nuevo presidente. Su secretario general y canciller, es el Lic. Rolando Marcos-hermoso. Esto indica que las oficinas de la ORDECA están en Panamá.

El sábado 26 de Sept. 2009, el Comité Ejecutivo de ORDECA celebró su Asamblea General en el Hotel Veneto donde Honduras declinó la sede de los IX JCA, aprobando celebrar los Juegos en TRES (3) sedes. Le tocó a Panamá 11 deportes: atletismo, béisbol, baloncesto, boxeo, fútbol, judo, lucha, natación, raquetbol, softbol y taekwondo. Además, Panamá pidió como exhibición al frontenis y hockey sobre césped. Fue reiterado el Art. 6º de la ORDECA que dice: “El Comité Olímpico Nacional (CON) en cuya jurisdicción se encuentra la sede de los Juegos, se designará y se nombrará un Comité Organizador, debiendo tomar muy en cuenta de manera especial, los diferentes factores de orden local propicio para el éxito de los Juegos. El Comité Organizador será juramentado por el presidente de ORDECA”, en este caso Melitón Sánchez. El Art. 8º dice que: “El CON del país sede, es el responsable en última instancia ante la Ordeca, de la organización de los Juegos, y del cumplimiento de todas las disposiciones legales, reglamentos y económicas concerniente a los Juegos. El CON tendrá como mínimo 3 miembros en el Comité Ejecutivo del Comité Organizador”. Por la premura del tiempo ya que los IX JCA fueron programados para marzo de 2010, la parte final de este artículo que dice: “La designación del Comité Organizador deberá hacerse y comunicarse al Comité Ejecutivo de ORDECA, dentro de 90 días siguientes a la fecha de adjudicación de la sede”. Tomen nota de esto estimados lectores. La nueva fecha que fue aprobada por UNANIMIDAD para el 30 de octubre 2009. Pese como señalé que la ORDECA tiene su sede en Panamá, no ha recibido información del COP que conforme el Art. 8º que lo conoce el Sr. Fernando Samaniengo que dice. “El COP es el superior jerárquico del Comité Organizador a nivel nacional en lo organizativo”. La gravedad de esto es que también involucra firmar un contrato de compromiso y responsabilidad para el desarrollo de los Juegos. El Art. 7 dice: “El “CO” deberá tener personería jurídica propia de acuerdo con las normas legales del país a que corresponda la ciudad sede, para organizar los Juegos a sunombre y por lo tanto para responsabilizarse de todos los asuntos financieros, organizativos, legales”, etc.

No es un secreto que Fernando Samaniego fue separado del cargo de Sec. General de la ORDECA por Melitón Sánchez. Dicen que hizo el intento de bloquear la inclusión del softbol masculino entre los 11 deportes de los IX JCA que serán el Panamá, y que fue rechazado con vehemencia por Don Meli, no tiene ningún contacto con esta oficina, pese a que su sede está en Panamá. Hay otro detalle, y es mientras que Guatemala que albergará 11 deportes, y El Salvador 7, están dispuestos a pagar a la ORDECA las expensas proporcionales que señalan el Acápite b del Art. 34, y el Art. 53 (Derechos de Comercialización), da la impresión de una posible “evasión” o “interpretación personal” de estos pagos por el COP. Es importante deponer las agendas personales, por ese odio y resentimiento personal, y que Panamá cumpla con su obligación ya, de nombrar un Comité Organizador.

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