Nuevo reglamento de arbitraje en Panamá
Este aporte a la administración de justicia es posible gracias al Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCAP)

A partir del 1 de agosto de este año, Panamá podrá emplear el nuevo reglamento de arbitraje, que incluye la Ley 131 de diciembre de 2013 e involucra mejoras en la prestación de este servicio.
Este aporte a la administración de justicia es posible gracias al Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCAP), albergado en la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP).
‘En el CeCAP mantenemos un firme compromiso de promover el arbitraje, y aprovechando la facilidad de conexión naturalmente dada a Panamá, lideramos un movimiento para convertir al país en el centro internacional de arbitraje por excelencia', explicó el presidente de CeCAP, César Tribaldos.
El presidente de CeCAP agradeció a Katherine González Arrocha y al equipo de trabajo que le acompañó en la Comisión Redactora del nuevo reglamento que introduce significativas modificaciones a aplicar en común acuerdo de las partes.
La directora del CeCAP, Liliana Sánchez, dijo que uno de los principales cambios es que el proceso iniciará con la presentación de la demanda y sus pruebas, eliminada la etapa de formalizaciones.
‘La demandada tiene diez días hábiles para contestar demanda y/o presentar reconvención; reglas específicas para incorporación de otras partes al proceso y acumulación de arbitrajes', detalló.
Además, se agregó la adecuación del reglamento para la aplicación de medidas cautelares y órdenes preliminares según la Ley 131 de 2013 y el término para dictar el laudo luego de los alegatos.
Del 20 al 23 de julio próximo, se estará realizando un taller de formación para árbitros y practicantes de arbitraje, por medio del cual se darán detalles del nuevo reglamento del CeCAP de la Cámara de Comercio y se atenderán las consultas de forma individual.
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