Comienza el uso de boleta de pago múltiple electrónica

Actualizado
  • 13/02/2019 01:00
Creado
  • 13/02/2019 01:00
Las actuales boletas de pago, identificadas por colores y códigos , según el tipo de impuesto, solo podrán usarse y tendrán validez hasta el 31 de diciembre

Una resolución publicada ayer en la Gaceta Oficial confirmó la utilización de la boleta de pago múltiple, generada a través del sistema e-Tax2.0 para hacer efectivos los pagos que se realizan ante la Dirección General de Ingresos (DGI), principalmente por concepto de las obligaciones tributarias de su competencia o por otros conceptos de ingresos diferenciados cuya recaudación les sea encomendada.

La resolución, firmada por el director General de Ingresos encargado, David Alexis Hidalgo Padilla, informa además que las actuales boletas de pago, identificadas por colores y códigos , según el tipo de impuesto, solo podrán usarse y tendrán validez hasta el 31 de diciembre de 2019.

Por tanto, indica el documento, las entidades recaudadoras autorizadas que aún utilizan este tipo de boletas deberán realizar los ajustes técnicos necesarios en sus sistemas para que a partir del 1 de enero de 2020 utilicen y puedan aceptar, exclusivamente, la boleta de pago múltiple electrónica, la cual será de uso obligatorio para todos los contribuyentes y entidades recaudadoras.

PERÍODO ESTABLECIDO

Cambio a nuevas boletas

Las actuales boletas de pago, identificadas por colores y códigos, solo podrán usarse hasta el 31 de diciembre de 2019.

Las entidades que aún utilizan este tipo de boletas deberán realizar los ajustes técnicos necesarios a partir del 1 de enero de 2020.

La resolución informa, además, —a las entidades recaudadoras que tienen convenio suscrito con la Dirección General de Ingresos para la recepción de pagos de tributos nacionales— que se ha actualizado la ficha técnica denominada ‘procedimiento técnico operativo para la recaudación de tributos nacionales a través de la red bancaria', incorporando un capítulo sobre el sistema de aplicación de pago de impuestos en línea con boleta electrónica, con base en la cual las entidades recaudadoras podrán realizar los ajustes técnicos en sus sistemas, a fin de ajustarse a lo establecido en la presente resolución.

Las entidades recaudadoras podrán solicitar el suministro de la mencionada ficha técnica, mediante nota escrita dirigida a la Dirección General de Ingresos.

‘La boleta generada a través del sistema e-Tax 2.0 permite en forma ágil, fácil, sencilla y sin errores de transcripción e inconsistencia el pago de los impuestos de competencia de la Dirección General de Ingresos o de otros conceptos de ingreso diferenciados cuya recaudación le sea encomendada', señala la resolución.

El decreto de Gabinete N° 109 de mayo de 1970 establece que son funciones del director General de Ingresos impartir por medio de resoluciones, normas generales obligatorias para regular las relaciones formales de los contribuyentes al fisco, en especial las relacionadas con los sistemas de pago en cuanto a sus modalidades, formas y lugar del mismo, entre otras obligaciones.

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