Estado de emergencia en Panamá: $100 millones en contratos directos y flexibilización de límites por terremoto 7.5

Esta medida permitirá flexibilizar las reglas de disciplina fiscal y garantizar liquidez suficiente para atender las necesidades derivadas del desastre, sin comprometer la capacidad de respuesta del Estado

El Gobierno de Panamá oficializó la Resolución de Gabinete Nº 108 del 10 de octubre de 2026, mediante la cual se declaró el Estado de Emergencia Nacional en todo el país, tras el terremoto de magnitud 7.5 registrado el viernes 9 de octubre con epicentro en Tonosí, provincia de Los Santos.

El movimiento telúrico, acompañado de múltiples réplicas, dejó graves afectaciones en viviendas, escuelas, hospitales, vías de comunicación y otras infraestructuras críticas, lo que llevó al Ejecutivo a activar medidas extraordinarias para garantizar la atención inmediata de la población.

El terremoto ocurrió el viernes del 9 de octubre en horas del medio día.

La resolución establece un fondo de hasta $100 millones para que ministerios y entidades públicas puedan realizar contrataciones especiales de bienes, servicios y obras necesarias para enfrentar la emergencia.

Estas adquisiciones se realizarán bajo el procedimiento excepcional contemplado en la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026.

El monto autorizado busca cubrir necesidades urgentes como la rehabilitación de infraestructuras, el suministro de agua potable, la atención sanitaria y la recuperación de vías de comunicación.

“Se establece la cantidad de hasta cien millones de balboas... suma total autorizada para las contrataciones especiales a los ministerios y entidades públicas, para la ejecución de obras, adquisiciones de bienes y servicios que sean necesarios y a precios de mercado debidamente justificados”, señala el artículo 3 de la resolución.

El Hospital de El Niño evacuó ante las constantes replicas reportadas.

El documento también faculta al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para administrar los recursos mediante un fideicomiso en el Banco Nacional de Panamá, con pagos sujetos al refrendo de la Contraloría General.

Una vez concluido el periodo de emergencia, cualquier saldo existente deberá reintegrarse al Tesoro Nacional.

En paralelo, el Consejo de Gabinete autorizó al MEF a solicitar de forma inmediata a la Asamblea Nacional la dispensa temporal de los límites financieros establecidos en la Ley 34 de 2008 de Responsabilidad Social Fiscal.

Esta medida permitirá flexibilizar las reglas de disciplina fiscal y garantizar liquidez suficiente para atender las necesidades derivadas del desastre, sin comprometer la capacidad de respuesta del Estado.

La Alcaldía de Panamá habilitó un centro de acopio para recibir insumos.

La resolución ordena además la creación de una Comisión Interinstitucional de Alto Nivel para coordinar y fiscalizar las contrataciones, aunque las entidades ejecutoras podrán iniciar procesos de manera directa e inmediata, quedando sujetas al refrendo posterior de la Contraloría.

Asimismo, se instruye al Ministerio de Seguridad Pública a desplegar unidades de la Fuerza Pública en las provincias afectadas, con el fin de garantizar la seguridad ciudadana y apoyar las labores de búsqueda, rescate y distribución de ayuda humanitaria.

El Gobierno también encomendó al Ministerio de Educación, al Ministerio de Salud y al Ministerio de Obras Públicas el despliegue de cuadrillas técnicas para evaluar y rehabilitar escuelas, hospitales y carreteras en las zonas impactadas.

Estas acciones buscan restablecer la normalidad en las comunidades afectadas y asegurar la continuidad de servicios esenciales.

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