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El ‘paz y salvo' es solo para los contribuyentes que están al día
- 28/07/2016 02:00
Ante las quejas de los contribuyentes respecto a la expedición de certificaciones de ‘paz y salvo', la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas, informó que otorga a los contribuyentes que han cumplido en su totalidad sus obligaciones tributarias las certificaciones correspondientes, conforme al artículo 740 del Código Fiscal.
Tras la implementación del nuevo Sistema Informático Tributario e-Tax2.0, que entró en operaciones el pasado 25 de julio, la entidad aclara que, el Certificado de Paz y Salvo sólo se otorgará a las personas naturales o jurídicas que hayan cumplido en su totalidad no en mora de las obligaciones derivadas de las disposiciones que regulan el Impuesto sobre la Renta.
El Sistema Informático Tributario e-Tax2.0 verifica que el contribuyente esté al día con sus obligaciones tributarias, tales como: Fincas: Impuesto de Inmuebles; así como personas Naturales y Jurídicas, y personas naturales extranjeras no residentes: Impuesto sobre la Renta, Tasa Única, Impuesto de Aviso de Operación de Empresas, Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y Prestación de Servicio, y Seguro Educativo.
En caso de no cumplir con alguna de estas obligaciones señaladas, la solicitud de Certificación de Paz y Salvo será rechazada, informó la DGI en un comunicado.