• 09/01/2023 00:00

Peritaje forense en procesos de protección al consumidor en casos de vehículos

Promover una queja de vehículos no es tan complejo como muchos consumidores piensan y no representa enfrentar un proceso largo y oneroso, ya que el Estado ha dispuesto los medios de defensa para que ambas partes procuren obtener los elementos de pruebas por sí mismos

Un conocido aforismo forense dice que "tanto vale no tener un derecho, como tenerlo y no poder probarlo", aplicado específicamente en los procesos de protección al consumidor de vehículos a motor, implica que cuando exista una debilidad probatoria de una de las partes ante la imposibilidad de probar cómo y por qué se originó el daño del vehículo, ya sea porque es técnicamente muy complejo o porque una simple fotografía o testigo no es suficiente para acreditarlo, con lo cual si somete a decisión en éstos términos un proceso, la consecuencia es que la decisión pudiera ser desfavorable. Ante este escenario, es imprescindible acreditar cómo ocurrieron los hechos que provocó el daño y cuál es su origen, a fin de determinar quién es el responsable.

Si usted se encuentra frente a este hecho, y piensa que debe pagar los honorarios de un perito, para lograr acreditar mediante la prueba de peritaje los hechos que considera le favorecen para que sea reconocido su derecho, es importante tener presente que la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) tiene a disposición de las partes un perito forense.

El perito forense es un profesional, que a través de su experticia y sus conocimientos, dan luz y auxilia al fallador sobre los puntos obscuros del expediente para que pueda decidir la controversia con todos los elementos probatorios, de esa forma se obtiene una sentencia justa, que es lo que persiguen los sistemas encargados de administrar justicia. Sin este profesional y sin su informe técnico el juzgador no encontraría la causa y origen de los procesos sometidos a su decisión.

En nuestro caso, en los procesos de protección al consumidor, si el proveedor no acredita el origen y consecuencia del daño del vehículo genera una duda que será interpretada de manera analógica para decidir la controversia, según el cual el indubio pro consumidor favorece a la parte más débil de la relación procesal; es decir, al consumidor.

En palabras sencillas, promover una queja de vehículos no es tan complejo como muchos consumidores piensan y no representa enfrentar un proceso largo y oneroso ya que el Estado ha dispuesto los medios de defensa para que ambas partes procuren obtener los elementos de pruebas por sí mismos, a fin que coloquen la disputa a decisión con las pruebas que lleven a alcanzar la verdad material y formal en un expediente.

Invitamos a los consumidores a ser vigilantes de sus derechos, a fortalecer la cultura del reclamo y ejercer el derecho a recibir indemnización efectiva o la reparación de los daños y perjuicios atribuibles a responsabilidades del proveedor o prestador del servicio, así como ser escuchado a fin de defender sus intereses.

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