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SBP establece nuevo acuerdo para agilizar atención de reclamos bancarios
- 28/07/2020 08:28
La junta directiva de la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) aprobó el Acuerdo No. 8-2020 del 16 de julio de 2020, que modifica los artículos 8 y 13 del acuerdo No. 3-2008, con la finalidad de agilizar los procesos para la atención de reclamos ante el ente regulador.
El acuerdo establece medidas relacionadas al traslado y contestación de los reclamos por parte de la Superintendencia de Bancos, los cuales podrán realizarse a través de correo electrónico.
Al respecto, la norma señala que la Superintendencia dará traslado del reclamo al banco, a través de correo electrónico, para que lo conteste en un plazo de cinco (5) días hábiles.
Con su contestación, el banco deberá adjuntar copia íntegra del trámite o gestión que le dio a dicho reclamo su sistema de Atención de Reclamos.