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- 24/02/2011 11:42
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Con el fin de evitardesórdenes y molestias a las personas que disfrutan de las festividades del carnaval capitalino, la Alcaldía de Panamá dicta medidas conducentes para que durante la celebración de estas fiestas a realizarse del 4 al 8 de marzo, impere el orden público, la seguridad, la decencia y lamoralidad.
Según el Decreto 700 de 14 de febrero de 2011, en su Artículo tercero, queda prohibido los llamados resbalosos, usar látigos, jeringuillas o cualquier mecanismo de coacción parapedir dinero, así como lanzar harina, productos químicos y confeti minúsculo uotro objeto que pueda lesionar o ensuciar a las personas.
Queda prohibido portar armasblancas o de fuego (aún con permiso). Sólo se permitirá la venta y consumo decomidas y bebidas alcohólicas en envases plásticos o material similar.
Tampoco se podrán usardisfraces cuya imitación se preste a confusión con los uniformes de laautoridades que brindan protección y otras instituciones de seguridad a partirde las 6:00 p.m.
El Decreto firmado por elAlcalde Bosco Ricardo Vallarino, establece que los fuegos pirotécnicos seránpermitidos desde el viernes 4 hasta el martes 8 de marzo, entre las 7:00 p.m. ylas 12:00 a.m. y deberán ser manejados por adultos o empresas autorizadas por la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos de Panamá.
Para el sábado y domingo deCarnaval, quedan habilitadas las corregidurías, policía de Calidonia, Curundú,Pacora y 24 de diciembre, mientras que los días lunes y martes,las de Ancón, San Martín, Río Abajo y El Chorrillo.
Velarán por estrictocumplimiento de la ley los miembros de la Policía Nacional, de InvestigaciónJudicial, del Servicio Aeronaval, Servicio Nacional de Fronteras, de Operacionesde Tránsito y Transporte Terrestre, a bomberos, Protección Civil, inspectores desalud, inspectores municipales, Policía Municipal, corregidores de Policías yJueces Nocturnos.
Las personas serán sancionadas con multas que van de cinco balboas a mil quinientos balboas o suarresto equivalente.