Tribunal absuelve a exdirector de la CSS en caso dietilenglicol

Actualizado
  • 30/07/2016 02:00
Creado
  • 30/07/2016 02:00
Los afectados protestan y rechazan el fallo

Diez años después del envenenamiento masivo por dietilenglicol, el Segundo Tribunal de Justicia condenó penalmente a cinco personas.

El tribunal dictó prisión por cinco años contra Ángel De La Cruz Soto, quien aparecía como dueño del Grupo Comercial Medicom, proveedor de la glicerina industrial que se usó para la elaboración de productos medicinales en la Caja de Seguro Social (CSS). También fue condenado a pagar 6 mil dólares en ‘días multa'.

CRONOLOGÍA DEL CASO

Además, fue inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por el mismo plazo de duración de la pena de prisión.

El Órgano Judicial declaró asimismo penalmente responsable a Edward Enrique Taylor Jurado, Miguel Antonio Algandona De León, Nereida Isabel Quintero Ortíz de Velasco y a Marta Cristelly Sánchez Bustamante de Castillo por el delito contra la Salud Pública. A estos los condena a la pena de doce meses de prisión. Así mismo los inhabilita para el ejercicio de funciones públicas por el mismo tiempo que dura la pena de prisión.

La resolución del Órgano Judicial también ‘condena en abstracto' (multa sin monto) a Ángel Ariel de La Cruz Soto por los daños materiales y morales ocasionados a José Antonio López, Cristobal Santiago Fundora López, Milagros Rey Sánchez de Solís y Luz María Mendieta de Díaz, en atención a los incidentes presentados de daños y perjuicios por responsabilidad civil derivada del delito.

El documento absuelve de los cargos formulados por el delito contra la salud pública al exdirector de la CSS Rene Luciani, a la exjefa del Laboratorio de Medicinas de la CSS Linda Joan Thomas Martín, al exdirector de Farmacia y Drogas Pablo Narciso Solís González, a los directivos de Medicom Josefa De La Cruz De Seda y Teófilo Gateno, así como a Ignacio Torres, asistente en el laboratorio dela CSS .

La sentencia del Segundo Tribunal de Justicia indica que se puso en evidencia una serie de deficiencias críticas en los procesos institucionales seguidos para la prestación del servicio de salud pública consistente en la dotación de medicamentos a gran escala.

DEFICIENCIAS EN COMPRAS

Según la resolución, el envenenamiento con dietilenglicol ilustra deficiencias en las siguientes áreas: en los procesos de compra de materia prima y en la introducción y análisis de la misma.

La causa penal se refiere a una cadena de eventos iniciada en el mes de octubre del año 2003, con la importación por parte de la empresa Medicom S.A. de recipientes que supuestamente contenían glicerina pura calidad USP para consumo humano, cumpliendo con una obligación de suministro para la CSS. El producto fue recibido el 17 de octubre de 2003 y posteriormente fue utilizado para la elaboración de productos medicinales, tales como jarabe expectorante sin azúcar y difenhidramina, entre otros, por el extinto laboratorio de producción de medicamentos de la CSS.

Finalmente, resultó que su contenido no era el requerido, sino un compuesto con un considerable porcentaje de la sustancia dietilenglicol y cuya utilización a gran escala generó un envenenamiento masivo en la población de pacientes y usuarios consumidores de estos productos, generando la muerte de algunos. La primera de estas fue registrada y conocida el 2 de agosto de 2006. También causó la afectación en la salud de un considerable número de personas, explica el órgano Judicial.

LOS AFECTADOS

El Segundo Tribunal Superior de Justicia se abstuvo de pronunciarse sobre la eventual responsabilidad civil derivada del delito en el caso de Edward Enrique Taylor Jurado, Miguel Antonio Algandona De León, Nereida Isabel Quintero Ortíz de Velasco y Marta Cristelly Sánchez Bustamante de Castillo.

Los afectados por el dietilenglicol, por su parte, rechazaron la sentencia de la máxima magistratura del país.

‘La Corte Suprema de Justicia se destaca nuevamente en acto de corrupción', expresó Daniel Sarmiento, vicepresidente del Comité de Familiares por el Derecho a la Salud y la Vida, tras conocer el fallo.

Sarmiento señaló a La Estrella de Panamá que el expediente tiene todas las pruebas para que con este fallo solo se culpen a cinco personas con condenas muy débiles.

‘No buscamos venganza, buscamos justicia, pero lo que acaba de hacer el Segundo Tribunal es una aberración', dijo el dirigente.

Daniel Sarmiento manifestó que ‘existen más de 5 mil sobrevivientes, entre adultos y ancianos, que ingirieron el jarabe con dietilenglicol para que los magistrados vuelvan a vender un fallo'.

El dirigente advirtió que el próximo martes 2 de agosto, los miembros del Comité de Familiares por el Derecho a la Salud y la Vida protestarán en los predios de la Corte para rechazar esta decisión.

La audiencia se inició oficialmente el 21 de marzo y culminó el 8 de abril del presente año. El expediente acumulaba 366 tomos, con más de 140 víctimas reconocidas como querellantes y representadas por 84 abogados en este proceso. Hasta 2009, el Instituto de Medicina Legal reportaba 130 muertos por el envenenamiento con dietilenglicol.

Al iniciarse la audiencia, Cesar Pereira, fiscal de la causa, explicó que se imputaba el delito contra la salud pública que implica penas de entre ocho y quince años.

El fiscal consideraba el fallecimiento y enfermedades provocadas por la ingestión del tóxico para encausar a los imputados. Entonces, Pereira explicó que el número de muertos por el envenenamiento era indeterminado.

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