Varela tiene 48 horas para definir sobre ley

Actualizado
  • 12/12/2016 01:00
Creado
  • 12/12/2016 01:00
El proyecto de ley fue aprobado el 25 de octubre por el pleno de la Asamblea Nacional y ordena al Estado el pago de los décimos atrasados

Al presidente de la República, Juan Carlos Varela, le quedan dos días laborables para vetar o sancionar el proyecto de ley 92, que ordena al Estado a pagar las partidas de los décimos tercer que no se cancelaron entre 1972 y 1983

Para el diputado del Partido Revolucionario Democrático (PRD), Leandro Ávila, hay que seguir esperando la decisión del Ejecutivo.

‘En cierta forma yo entiendo al ministro de Economía y Finanzas (MEF), Dulcidio De La Guardia al tratar de estirar el dinero hasta donde más le alcanza, pero también hay que ser más justos con estos trabajadores que llevan años de a la espera', indicó Ávila.

‘TENGO LA CONFIANZA DE QUE EL PRESIDENTE VARELA CUMPLA Y SANCIONE LEY 92 PORQUE ÉL LO PROMETIÓ'

HÉCTOR ÁVILA,

COORDINADORA FECHA

De acuerdo con el artículo 169 de la Constitución Política, ‘el Ejecutivo dispondrá de un término máximo de treinta días hábiles para devolver con objeciones cualquier proyecto de ley'.

‘Si el Ejecutivo un vez transcurrido el término indicado, no hubiese devuelto el proyecto con objeciones no podrá dejar de sancionarlo y debe hacerlo promulgar'.

El proyecto de ley fue aprobado el 25 de octubre por la Asamblea Nacional ordena el pago de las partidas de los décimos atrasados correspondientes durante la dictadura (1972-1983) a los servidores públicos y privados que laboraron durante ese período.

De acuerdo con los cálculos del MEF, el Estado deberá de desembolsar $200 millones, monto que no está contemplado para el presupuesto de 2017.

La norma ‘declara como derecho adquirido el cobro de la segunda partida del décimo tercer mes, retenidas durante los años de 1972 a 1983 a los servidores públicos y trabajadores del sector privado que laboraron durante este período, por lo que se ordena a la Caja de Seguro Social que realice el pago correspondiente. Las sumas que pague la Caja de Seguro Social (CSS) en cumplimiento de la presente norma no reconocerá intereses', señala el artículo 1 del documento.

El artículo 4 del proyecto de ley establece: ‘La CSS incluirá en el Presupuesto del Estado para la vigencia fiscal 2018-2019 las sumas correspondientes para el pago de estos derechos'.

Mediante el mandato de la Ley 17 de 1983, las sumas correspondientes a la segunda partida del décimo tercer mes fueron destinadas al Banco Hipotecario Nacional para un programa de vivienda obrero campesina y luego, transferidas a la Caja del Seguro Social (CSS), las cuales fueron destinadas al programa de Invalidez, Vejez y Muerte.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus