Detectan hospedajes clandestinos en San Francisco

Actualizado
  • 29/03/2017 17:25
Creado
  • 29/03/2017 17:25
La Ley 80 de 8 de noviembre de 2013, en su artículo 21, prohíbe el arrendamiento sin permiso de alquiler en el distrito de Panamá

Mediante un operativo sorpresa, encabezado por la Autoridad de Turismo de Panamá, (ATP) en coordinación con el Ministerio de Comercio e Industrias, (MICI),  Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT) y la Alcaldía de Panamá se detectaron tres inmuebles utilizados como hospedajes clandestinos, en el PH Terrawind, ubicado en el corregimiento de San Francisco.

Un comunicado de la ATP informa que la inspección se practicó en los pisos 7, 8 y 36 A, de las torres Mil y Dos Mil del PH Terrawind. Las autoridades encontraron que una sola persona era la propietaria de estos tres inmuebles que eran alquilados a ciudadanos extranjeros sin  contar con los respectivos contratos de arrendamiento.

En el apartamento 36 A residen seis extranjeros que ingresaron al país a inicios del mes de marzo, y cada uno paga un arriendo de $500 por mes. Según los inquilinos, los hospedajes se obtuvieron por internet.

La Ley 80 de 8 de noviembre de 2013, en su artículo 21, prohíbe el arrendamiento en residencias o edificios sin permisos de alquiler, en el distrito de Panamá, por un periodo de 45 días o menos. Ese mismo artículo señala que las autoridades de turismo podrán imponer multas de $5 mil hasta $50 mil, dependiendo de la gravedad de la falta.

Johanna Franco, funcionaria del departamento de Registro de Turismo de la ATP, indicó que la información que se recaude de esta inspección se remitirá al Departamento Legal de la institución, la cual se encargará de aplicar la respectiva sanción.

Mientras que Naydu Rudas, directora general de Arrendamiento del MIVIOT, añadió que si el propietario del inmueble no presenta los contratos de alquiler, la entidad procederá a aplicar una sanción equivalente a 10 veces el canon del alquiler.

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