Tribunal desestima indagatoria a Fotis Lymberópulos por falla en la resolución de la fiscalía

Actualizado
  • 20/08/2019 02:00
Creado
  • 20/08/2019 02:00
El delito precedente del blanqueo de capitales usado por la Fiscalía fue soborno internacional

El Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial rechazó el auto de corrección que pidió la Fiscalía Especial Anticorrupción el 6 de diciembre pasado, en el que se reemplazaba el delito precedente del blanqueo de capitales en la solicitud de indagatoria del empresario Fotis Lymberópulos.

La primera indagatoria a Lymberópulos surgió a raíz de los acuerdos de cooperación firmados entre la constructora brasileña Odebrecht y los Estados Unidos, en la cual se indicó sobre el pago de millonarios sobornos en varios países de América para la adjudicación de obras públicas. Panamá, uno de ellos.

En el fallo se reseña que producto de las confesiones, la fiscal de la causa, Zuleyka Moore, aportó documentos sobre supuestos pagos realizados por Odebrecht a la empresa Marpesca Seatrade LLC, de la cual Lymberópulos es directivo. El primer pago que expone la vista fiscal fue por $225,000 el día 10 de abril de 2007; el segundo, por $271,000, el 17 de abril de 2007; y un tercer pago por $190,000, registrado el 11 de mayo de 2007. Todos, a través del banco estadounidense Sun Trust Bank.

El Ministerio Público formuló cargos a varias personas, entre ellas a Lymberópulos el 21 de noviembre de 2018, por el delito de blanqueo de capitales, utilizando como precedente el delito de soborno internacional. Como el soborno internacional no se encontraba en la lista de delitos precedentes para el blanqueo de capitales al momento de ocurridos los supuestos hechos (año 2007), el 6 de diciembre de 2018, la Fiscalía Anticorrupción corrige la resolución indagatoria y reemplaza el delito precedente por corrupción de servidores públicos.

Ambas solicitudes de la fiscalía (la providencia original y la corrección) fueron desestimadas por el Segundo Tribunal Superior a través del Auto Vario No. 75, del 3 de mayo de 2019, ya que en el momento de los supuestos hechos (año 2007) el soborno internacional no era aplicable a Lymberlópulos.

Por otra parte, en cuanto a la corrupción de funcionarios público, el Tribunal sostiene que la norma procesal no faculta a la fiscalía a cambiar substancialmente la parte motiva del caso, además de que ‘no estableció con qué medios de convicción probatorios e indiciarios para configurar el delito de blanqueo de capitales, bajo el Código Penal de 1982, qu e es la norma aplicable'.

El Auto No. 75 del 3 de mayo fue confirmado en todas sus partes el día 7 de mayo por los magistrados María de Lourdes Estada y José Hoo J., liberando al empresario Lymberópulos de la causa abierta por presunta comisión de delitos contra la administración pública y por delito contra el orden económico.

Marpesca fue registrada en Miami, Estados Unidos. Actualmente está inactiva y su agente residente es Darío Picans. Como directivos aparecen Dionisio Lymberópulos, Fotis Lymberópulos y Panagiotis Lymberópulos.

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