Interponen querella penal contra Juez Seccional de Familia de La Chorrera

Actualizado
  • 29/09/2020 17:10
Creado
  • 29/09/2020 17:10
Según la querella la Juez supuestamente habría incurrido en conductas irregulares de “parcialización y arbitrariedad” para favorecer a una de las partes

Una querella penal por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad, fue interpuesta contra la Juez Primera Seccional de Familia de La Chorrera, Pledys Olmedo Villarreal.

La querella contra la funcionaria judicial fue interpuesta por el abogado Enrique Rodríguez, por presuntamente haber incurrido en conductas irregulares de “parcialización y arbitrariedad” para supuestamente favorecer a una de las partes dentro de un proceso de Disolución y Liquidación de Régimen Matrimonial.

En el recurso legal se señala a la Juez Olmedo Villarreal, de supuestamente haber modificado y elaborado de forma ilegal, una Resolución para incluir en el patrimonio final de su representada, propiedades que fueron donadas a una Fundación de Interés Privado durante el matrimonio con el consentimiento de ambas partes, con el propósito de favorecer a la otra parte, quien reclama el cincuenta por ciento (50%) de las propiedades.

La conducta “dolosa” que según el abogado Rodríguez habría cometido la Juez Seccional de Familia de La Chorrera, se acredita en la querella, cuando presuntamente, en una primera ocasión y en abierta violación al Código de la Familia, según la querella, cambia la fecha de terminación del Régimen Económico Matrimonial, estableciendo una fecha distinta a la sentencia de divorcio.

Dicha decisión de la Juez Olmedo Villarreal, fue revocada por el Tribunal Superior de Familia, quien la modificó estableciendo que la terminación del Régimen Económico Matrimonial es la fecha del divorcio ocurrido en el año 2016, época en que las propiedades aducidas en el proceso consistentes en fincas ya le habían sido donadas por su representada a una Fundación de Interés Privado, por lo que están fuera del proceso de partición.

Señala la decisión del Tribunal de Familia que dicha terminación está conformada por los bienes del que sean titulares cada cónyuge, al terminar el Régimen Económico Patrimonial.

Destaca el recurso legal presentado que un segundo intento de incluir los bienes donados a la fundación, para supuestamente favorecer a la contra parte, se produce cuando esta emite un auto denominado de “mejor proveer” del 7 de febrero del año 2020 que es inapelable, donde incluye los bienes donados a la fundación antes de la disolución del vínculo matrimonial, con el consentimiento de las partes.

Según el querellante, la conducta penal de la juez querellada radica en que, abusando del ejercicio de su cargo ha traído al proceso bienes que no son parte de la liquidación, puesto que pertenecen a una persona jurídica ajena al proceso.

La querella penal detalla que la Juez Primera Seccional de Familia de La Chorrera, presuntamente incluye los bienes donados a la fundación a través de una Resolución, a pesar que el Tribunal Superior dijo que el proceso está conformado por los bienes que sean titulares de cada cónyuge al terminar el Régimen Económico Patrimonial, que es la fecha de divorcio.

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