Tribunal Electoral ordena suspender cuñas contra Varela hasta en Internet
En respuesta a la solicitud presentada este viernes 13 de julio por el Partido Panameñista, el Tribunal Electoral de Panamá anunció que...
En respuesta a la solicitud presentada este viernes 13 de julio por el Partido Panameñista, el Tribunal Electoral de Panamá anunció que procedió a "suspender provisionalmente" la difusión en los medios de comunicación social de las propagandas en contra del ingeniero Juan Carlos Varela, vicepresidente de la República y cuyos responsables se han identificado como "Independientes por el Cambio" y "Amigos del partido Molirena".
La resolución Reparto 06-2012-ADM, de 13 de julio de 2012, que lleva la firma del magistrado vicepresidente del TE, Eduardo Valdés Escoffery y la secretaria general encargada, Magda Ceballos, también suspende provisionalmente la difusión por Internet de los vídeos identificados "Varela, ladrón de justos" y "Biografía de Varela".
"Así las cosas y luego de observadas las propagandas y videos contenidos en los discos compactos aportados por la parte actora, este tribunal considera que hay base suficiente para acceder a lo pedido en base al derecho invocado. Es un hecho evidente que en las propagandas y videos se ataca al ingeniero Juan Carlos Varela y éste, al considerarse afectado por la difusión de las mismas, ha recurrido a ejercer el derecho que le concede la legislación electoral, que consiste en pedir la suspensión provisional de la propaganda divulga en su contra", destaca la resolución.
Asimismo, se instruye que por conducto de la Secretaría General del Tribunal, se notifique a los gerentes generales de las televisoras que operan en la República de Panamá, a fin de que cumplan con la suspensión decretada en esta resolución, además de requerir de ellos, la identidad y generales de la o las personas que contrataron las propagandas cuya suspensión se ha ordenado.
En relación con los vídeos de Youtube, se faculta a la Secretaría General para que investigue e implemente la comunicación de la presente resolución.
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