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Indulto presidencial no afectará los procesos electorales
- 09/07/2014 02:00
- 09/07/2014 02:00
El Tribunal Electoral se adelantó al Órgano Ejecutivo y al Judicial al acordar, ayer, que los indultos otorgados en los últimos días del gobierno de Ricardo Martinelli no tendrán efecto sobre los procesos pendientes.
El Consejo de Gabinete, según adelantó el propio presidente de la República, Juan Carlos Varela, debía tratar ayer el tema, pero no se tomó ninguna decisión al respecto.
Mientras, en la Corte Suprema de Justicia se han presentado hasta la fecha por lo menos diez recursos en los que se pide que se declare inconstitucionales los indultos otorgados por el presidente Martinelli, unas horas antes de culminar su mandato. Hasta la fecha, ninguno ha sido fallado por los magistrados.
RESOLUCIÓN ELECTORAL
Los tres magistrados del Tribunal Electoral se reunieron ayer en Sala de Acuerdos y definieron seguir adelante con los procesos, sin tomar en consideración los citados indultos presidenciales.
Según una resolución emitida por los magistrados, al concluir la Sala de Acuerdos, se establece que los indultos emitidos por el Ejecutivo ‘no afectan los procesos de nulidad de elección y/o proclamación, que se surten en el Tribunal Electoral, razón por la cual todos continuarán con su trámite previsto según lo determina la legislación electoral’.
La resolución está firmada por Erasmo Pinilla, Eduardo Valdés Escoffery y Heriberto Araúz. La decisión, que fue tomada de manera unánime, entró en vigencia ayer mismo.
RECLAMO POLÍTICO
Por esta razón, se desestima cualquier reclamo que hayan presentado los candidatos que pretenden que se les otorgue su credencial como diputados electos sobre la base del acta de proclamación que recibieron tras conocerse los resultados de las elecciones del pasado 4 de mayo
Para tomar esta decisión, los magistrados consideraron que entre las demandas de nulidad de elección y/o proclamación, no hay investigaciones de carácter penal ni procesos penales contra los impugnados.
A juicio de los magistrados, se trata de un análisis de las circunstancias que rodearon la celebración de las elecciones para determinar si se ha logrado probar que los hechos invocados se enmarcan dentro de las causales previstas.
NORMA ELECTORAL
Los magistrados consideraron que, conforme a lo que disponen los artículos 142 y 143, numeral 3 de la Constitución Política, al pleno del Tribunal Electoral, en uso de sus atribuciones privativas, le corresponde resolver las controversias electorales.
Además, es facultad privativa del Tribunal Electoral interpretar y aplicar la Ley Electoral, razón por la que se estima necesario declarar que los indultos de marras otorgados por el Órgano Ejecutivo el pasado 30 de junio no surten efecto alguno en la tramitación de los procesos de nulidad de elección y/o proclamación.
En los próximos días, los magistrados darán a conocer las fechas en las que se realizarán las audiencias para definir los reclamos.