El proceso judicial contra la contralora

Actualizado
  • 29/08/2014 02:00
Creado
  • 29/08/2014 02:00
En estos momentos, la resolución que aprobó el pleno de la Asamblea Nacional es un proceso administrativo

Aunque la Asamblea Nacional es la institución que nombra al contralor de la República, la misma Constitución Política le impone limitantes: Este Órgano del Estado no está facultado legal o constitucionalmente para separarla del cargo, suspenderla ni enjuiciarla.

El artículo 279 dispone que es función de los magistrados de la Corte Suprema suspender y remover al funcionario que está a cargo de la institución fiscalizadora.

Con la resolución aprobada, se inició un proceso administrativo para la destitución de Gioconda de Bianchini.

El exprocurador de la Nación Rogelio Cruz explica que la contralora no puede ser destituida mientras no se le haga un juicio. ‘La contralora debe ser escuchada por la Corte para entonces tomar una decisión final’, asegura Cruz.

Con la resolución aprobada, los magistrados de la Corte Suprema no pueden aplicar el Sistema Acusatorio en el proceso de Torres de Binachini.

En estos momentos, la resolución que aprobó el pleno de la Asamblea Nacional es un proceso administrativo.

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