Diferencia de criterio por declaración de bienes

Actualizado
  • 24/04/2015 02:00
Creado
  • 24/04/2015 02:00
Los magistrados deben definir, tomando en cuenta o no su opinión como procurador.

Un debate de vieja data está de vuelta. El procurador de la Administración, Rigoberto González, a petición del fiscal de Cuentas, Guido Rodríguez, emitió una opinión que lo revivió.

En una consulta elevada por Rodríguez, el procurador respondió que las declaraciones juradas de los funcionarios son de acceso libre. Sin embargo, ayer González aclaró que su opinión no es vinculante; es decir, que no es de estricto cumplimiento.

Explicó González que cualquiera puede solicitar una información y si se le niega, presentar un recurso de hábeas data ante la Corte. Los magistrados deben definir, tomando en cuenta o no su opinión como procurador.

En tanto, Rodríguez es del criterio que con la respuesta del procurador de la Administración, la Autoridad Nacional de Transparencia debe emitir una circular a los funcionarios para comunicarles que es obligatorio hacer pública la declaración de bienes.

Al inicio del gobierno, el ministro Milton Henríquez, al igual que Dulcidio de la Guardia, Marcela Paredes, Jorge Arango y Álvaro Alemán, se opusieron a hacer pública su declaración patrimonial.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus