• 23/11/2010 01:00

Antes de criticar, primero hay que saber

Son muchos los que infundadamente se oponen a la Resolución No. 41,039 de la Junta Directiva de la Caja del Seguro Social, que establece...

Son muchos los que infundadamente se oponen a la Resolución No. 41,039 de la Junta Directiva de la Caja del Seguro Social, que establece la obligatoriedad del Plan de Prevención y Gestión de Riesgos Profesionales en todos los centros de trabajo del país. Y tanto la han contrariado y argumentado que, a la fecha y a casi dos años de su promulgación y publicación en Gaceta Oficial, aún se resisten a implementarla y cada día la dilatan y postergan más.

Lo trágico es que aquellos que se oponen lo hacen por desconocimiento y pasan por alto que un Plan de Riesgos consiste precisamente en analizar y revisar los sistemas de trabajo para buscar nuevas y mejores formas de producción y operación, utilizando la innovación, la creatividad y el consenso como herramientas claves para el rediseño de los procesos.

Y es dentro de este contexto que surge la figura obligatoria del Plan de Prevención de Riesgos, la cual enfatiza que la salud del trabajador es importante en la cadena productiva y plantea la seguridad ocupacional no desde un punto de vista de costo financiero, como se hace actualmente, sino en torno a las múltiples oportunidades que tiene el propio trabajador que las ejecuta para producir resultados favorables para la empresa. Es necesario aclarar que este tipo de Plan no se contrapone a la calidad total o a ningún otro método que maximiza la productividad laboral, sino que examina cada proceso y es capaz también de contribuir sustancialmente al logro de los objetivos financieros y organizacionales de la empresa.

En el ámbito mundial y nacional, las incapacidades por accidentes de trabajo constituyen un problema por los costos que generan a la seguridad social. Actualmente existen estudios que permiten proponer estrategias para mejorar dichos problemas; se sabe, por ejemplo, que el déficit de la seguridad social tiene su origen, entre otras causas, en el impacto del pago de las incapacidades.

En Panamá las incapacidades representan un problema deficitario para la CSS, quien debe destinar parte de los recursos a la atención de daños a la salud y a la prestación económica correspondiente.

Los accidentes de trabajo repercuten en el aumento de los días de incapacidad, las consultas clínicas y urgencias, los auxiliares de diagnóstico y la rehabilitación, con lo cual se elevan los costos de atención médica. Según los resultados de algunos informes históricos acerca de los accidentes laborales según el tipo de industria o actividad económica, cada día ocurren con mayor frecuencia y mayor gravedad, lo que afecta también la relación de la calidad de la atención médica con respecto al número de incapacidades, las características del asegurado y el tipo de padecimiento.

Existen otros factores que se han asociado con las incapacidades, en los que se involucra tanto al médico como al patrono y al asegurado, y que reconocen y sustentan la pérdida de bienestar económico del trabajador y de rentabilidad de la empresa cada vez que ocurren accidentes de trabajo. Desafortunadamente, los detractores de la Resolución No. 41,039 no investigaron esta realidad y obviaron los cálculos sobre la prevalencia de los accidentes de trabajo en Panamá y de los factores de riesgo relacionados, donde fácilmente se observa que la magnitud de los riesgos profesionales es consecuencia de las condiciones inseguras existentes en los lugares de trabajo.

Igualmente, esta misma conclusión se obtiene cuando se contrasta la resistencia de los empleadores y su limitada vocación hacia la salud e higiene ocupacional, con el número de accidentes de trabajo, el número de enfermedades profesionales, la cantidad de defunciones y de incapacidades permanentes. Es decir, el tema de oponerse porque sí a la obligatoriedad del Plan de Prevención y Gestión de Riesgos Profesionales refleja una actitud inmadura que ralla en lo intransigente, que además pasa de la mera ignorancia a un estado de total negligencia.

Ante esta problemática y temeraria postura, es oportuno recordar que el objetivo esencial de la Resolución No. 41,039 es la implantación obligatoria de un Plan de Prevención y Gestión de Riesgos Profesionales que ayude a los empleados a tener un ambiente seguro y saludable de trabajo, que permita a las empleadores alcanzar niveles de rentabilidad como resultado de mejoras a sus procesos y sistemas productivos, y que garantice a las autoridades de la CSS la obtención de información oportuna que promueva la atención efectiva de incapacidades por causa de accidentes y enfermedades de trabajo.

*EMPRESARIO.

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