• 04/04/2016 02:00

Soberanía integral

El concepto de soberanía ha estado ligado desde los tiempos antiguos al mando que una nación, organizada políticamente como Estado

El concepto de soberanía ha estado ligado desde los tiempos antiguos al mando que una nación, organizada políticamente como Estado, ejerce de manera independiente sobre el territorio en el cual se asienta. Esa soberanía tiene diversas facetas o aplicaciones que se derivan de la que podríamos denominar territorial y que abarcan los aspectos ideológicos, sociales, políticos y económicos. En Panamá, debido a la manera en que se fundó la república, con el apoyo de Estados Unidos y posteriormente el precio que tuvimos que pagar con el Tratado Hay-Bunau Varilla que permitió la creación de un enclave colonial extranjero en el área del canal que duró 97 años, los panameños, en un doloroso ejercicio de alpinismo generacional, como lo definió el general Omar Torrijos, lucharon por nuestra plena soberanía en el suelo istmeño durante gran parte del siglo pasado.

La soberanía económica y fiscal emana de nuestra primera Acta de Independencia, que fue la de España, firmada el 28 de Noviembre de 1821 y que el Libertador Simón Bolívar consideró como ‘el documento más glorioso que puede ofrecer a la historia ninguna provincia americana '. Panamá declaró su pertenencia a Colombia en el mismo acto libertario. No obstante, conscientes de la posición geográfica de Panamá y deseosos de emular a los países hanseáticos del norte de Europa que se coaligaron para desarrollar la libertad del comercio sin mayores trabas aduaneras e impositivas, los notables firmantes expresaron su deseo de soberanía específica en el artículo 9: ‘El Istmo, por medio de sus representantes, formará los reglamentos económicos convenientes para su gobierno interior, y en interín, gobernarán las leyes en aquella parte que no digan contradicción con su actual estado '. Como era previsible, los colombianos hicieron caso omiso de tan legítima e importante aspiración y no sería la primera ocasión en que afectaron el progreso del istmo.

Luego del fracaso del Canal que quiso construir una empresa francesa, los panameños cifraron sus esperanzas de mejoramiento económico en el Tratado Herrán-Hay, el cual fue rechazado por el Congreso colombiano en agosto de 1903. Esta decisión resultó fatal para el Gobierno colombiano, pues Panamá se convirtió en Estado independiente el 3 de Noviembre de ese año. Los constructores de la república no olvidaron los aspectos económicos en sus protestas contra lo que consideraron eran violaciones del Tratado leonino del Canal. En efecto, cuando Estados Unidos quiso abrir al comercio mundial la zona bajo su jurisdicción, los reclamos de Panamá sobre su soberanía económica concluyeron con el Convenio Taft de 1904, en el cual se reafirmaba la promesa del presidente Theodore Roosevelt de no ‘establecer una colonia independiente en el centro del Estado de Panamá'.

El Estado panameño, a partir de la tercera década de su independencia, decidió aprovechar la situación geográfica para crear una serie de servicios al mundo aparte del paso de las naves entre dos océanos. Nacieron así las sociedades anónimas panameñas y el abanderamiento de naves, ambas actividades exitosas y proveedoras de ingresos para Panamá. No hay que olvidar que nuestro país depende en un 93 % de la economía de servicios, mientras que, a diferencia de otros países, la agricultura y la ganadería representan apenas alrededor de un 3 % de la economía. Esa economía de servicios ha ido modernizándose con el paso de los años y además se ha ido rodeando de una serie de medidas que garantizan su seriedad. Panamá no es un paraíso fiscal, porque aquí se pagan impuestos como en cualquier otro país. El sistema de impuestos es de carácter territorial y ello obedece a que pocos panameños y pocos capitales emigran hacia otros lugares. La evasión de impuestos no es un delito pero conlleva multas severas que están determinadas en el Código Fiscal. Tal como se ha demostrado hoy, el anonimato en las sociedades no existe porque los abogados tienen que conocer quiénes son los dueños de las acciones y cuando se producen requerimientos de autoridades competentes, sean nacionales o extranjeras, conforme a los procedimientos legales pertinentes, se brinda la información solicitada y no existe un solo caso de negación injustificada.

Cada país tiene derecho a crear y organizar sus instituciones, así como a crear sus sistemas jurídicos, económicos y fiscales. Eso también es parte de la soberanía de un país. Si en el importante sector de servicios se respetan las garantías fundamentales y los derechos que consagran la Constitución Política y las leyes, no tiene Panamá que acatar instrucciones emanadas de un grupo de países que no configura una organización internacional sino un cartel y menos aún cuando tales instrucciones pretenden aplicarse en forma discriminatoria a países pequeños en la errónea creencia de que por su escaso tamaño habrá debilidad y entrega que es lo que implica la información automática. Panamá no se debe oponer a la concertación de acuerdos que permitan la información, pero que esta sea entregada de conformidad con normas mutuamente acordadas que aseguren los derechos y garantías que en nuestro país se otorgan, tanto a los ciudadanos panameños como a los extranjeros.

EX PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

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