• 14/11/2016 01:02

Panamá: acreditación institucional universitaria

Cuando los controles han sido laxos durante un período prolongado

Cuando los controles han sido laxos durante un período prolongado, cualquier intento por establecer un sistema que regule el actuar, será percibido y recibido como una amenaza a la libertad o como una pérdida de derechos. Esto fue señalado en la obra El Príncipe de Niccolo Machiavelli, donde indica que, al principio, los problemas son fáciles de resolver, pero difíciles de diagnosticar; con el paso del tiempo, cuando no se han identificado ni resuelto, son más fáciles de diagnosticar pero más difíciles de solucionar. Es el caso de la mejora de la calidad de las universidades después de más de dos décadas de funcionar con pocas regulaciones que, además, no les solicitaban rendir cuentas sobre su quehacer.

Ante los requerimientos del país, se fueron creando universidades con una gran variabilidad en sus ofertas y en su calidad. Éstas eran, en su mayoría, escuelas superiores para adultos ya que, pocas realizaban investigaciones o actividades de extensión.

En 1996 el Consejo de Rectores de Panamá tomó la iniciativa para regular la educación superior. Así, se aprobó la Ley 30 de 20 de julio de 2006, Que crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de Panamá. Esta ley fue reglamentada en el 2010 iniciándose así los primeros procesos de acreditación institucional universitaria.

De acuerdo con Dirk Van Damme, 2003, ‘la acreditación es una declaración formal y pública realizada por un organismo independiente y basada en la evaluación de la calidad y que indica que se alcanzan ciertos estándares previamente acordados'. En Panamá, esta acreditación es otorgada por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá, Coneaupa, previo análisis de los procesos de autoevaluación de programas o de la autoevaluación institucional, y de la evaluación posterior por pares externos, para dar fe pública de la calidad de sus programas o de la institución universitaria en general.

Lo bueno de la acreditación es que es la resultante de un proceso de autoevaluación continua de todas las actividades que desarrolla la institución en sus tres funciones sustantivas: Docencia, investigación y extensión, a través de una gestión efectiva, eficaz y eficiente. Se trata de una rendición de cuentas que permite que la sociedad tenga la certeza de que la institución cumple con los estándares que exige quien otorga dicha acreditación.

En vista de que solamente se puede mejorar lo que se evalúa, la institución tiene la oportunidad de reconocer sus fortalezas y las oportunidades de mejora para diseñar un plan de mejoramiento.

Otra bondad de la acreditación es que los hallazgos de los pares evaluadores externos, no contaminados con el ‘día a día' universitario, permiten identificar hechos que en ocasiones son pasados por alto en la autoevaluación.

Un beneficio invaluable de los procesos de acreditación institucional fue la evidencia de que todas las universidades realizaron un esfuerzo plausible por mejorar. También se identificaron universidades muy buenas, muchas de las cuales han continuado mejorando.

Un aporte importante de los primeros procesos de acreditación universitaria fue la introducción de un ‘par observador', un panameño ajeno a la universidad, con reconocida trayectoria profesional, preocupado por la educación e íntegro, cuya función principal en estos procesos era velar porque los mismos se realizaran de acuerdo con las normas legales y éticas establecidas. Esta figura fue utilizada como referencia posteriormente en procesos similares en otros países. Finalmente, los equipos de pares evaluadores externos y observadores, acompañados por técnicos del Coneaupa, visitaron 27 universidades. En total se contó con 93 pares evaluadores provenientes de 16 países de Latinoamérica y España en un período de seis meses.

Lo malo de la acreditación podría observarse desde varios puntos de vista. Económicamente, aunque algunas mejoras significativas podían iniciarse en las universidades desde la promulgación de la ley en 2006, la mayoría no las iniciaron hasta que la ley se reglamentó. Así, la inversión requerida en poco tiempo para mejoras de todo tipo, fue comprometedora para estas universidades.

Se espera que, si las universidades han seguido sus planes de mejoramiento, no se enfrenten a la situación ya señalada ya que, para los próximos procesos de re-acreditación, las inversiones para mejorar deben haberse distribuido a lo largo de los pasados seis años.

Por otro lado, los procesos de acreditación no son gratis para las universidades en ningún país del mundo. En el caso de Panamá, las universidades asumieron el costo de los pares evaluadores.

Finalmente, el tiempo estipulado por el Coneaupa para iniciar los procesos de acreditación fue considerado muy corto por parte de las universidades. Esta decisión la tomó el Consejo basándose principalmente en el período transcurrido desde 2006, la variabilidad en la calidad de la educación superior y el estado de la misma con respecto a la de países vecinos.

La Secretaría Ejecutiva del Coneaupa también enfrentó este reto no solo por la elaboración de la guía y el manual de acreditación, sino por la sensibilización y capacitación a universidades y a la comunidad en general, el entrenamiento de los pares observadores nacionales y pares evaluadores en toda Latinoamérica, además de la logística del proceso.

De acuerdo con la ley señalada, la acreditación es obligatoria, por lo que de ella depende la existencia de la universidad. Esta presión promovió el esfuerzo genuino de todas las instituciones que debían someterse a este proceso. Sin embargo, en algunos casos este esfuerzo no fue suficiente y ante la necesidad de sobrevivir, se realizaron algunas acciones impropias que causaron dificultades. Esto fue lo feo de la acreditación. Afortunadamente estos casos constituyeron la excepción.

Son muchas más las consecuencias buenas que malas o feas. Se ha dado seguimiento al avance en los procesos de mejoramiento de las universidades y, aunque siempre habrá apuros a última hora, seguramente no serán la tónica.

El Coneaupa predica con el ejemplo. Ha mejorado sus procesos, se ha modificado la Ley. La Ley 52 de 26 de junio de 2015, Que crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el Mejoramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de Panamá, y deroga la Ley 30 de 2006, presenta algunos cambios que son producto de la evaluación de los primeros procesos y de algunas experiencias posteriores.

Volvemos al principio, cuando se flexibilizan en demasía los controles, los procesos se obvian, las normas se incumplen y la calidad disminuye. Dado que es un deber del Estado velar por la calidad de la educación superior, la comunicad debe exigir la rendición de cuentas en este sentido para asegurarse de que la inversión en ese nivel educativo está siendo retornada a la sociedad a través de la generación de conocimientos, de la solución de problemas que importan a los grupos de interés y de la formación y el aporte de sus egresados al desarrollo del país que tanto lo necesita.

DOCENTE UNIVERSITARIA.

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