• 28/07/2018 02:00

Declaracion universal de derechos humanos

En 1948 se aprobaron dos declaraciones de derechos humanos que en este año se conmemora su 70 aniversario

En 1948 se aprobaron dos declaraciones de derechos humanos que en este año se conmemora su 70 aniversario: la Declaración Americana de los Derechos y Deberes Humanos y la Declaración Universal de Derechos Humanos, la primera aprobada en mayo y la segunda en diciembre del mismo año.

En el caso de la Declaración Universal, se ha indicado que la gran fuerza de este documento radica en la dimensión colectiva de su autoría: de escritores, juristas, filósofos, en las que se unieron distintas ideologías, culturas y tradiciones y diferentes ideas del hombre, y aunque se encargó inicialmente de su elaboración a la Comisión de Derechos se menciona la labor desarrollada por un comité preparatorio integrado entre otros, por su presidenta Eleanor Roosevelt (Estados Unidos), y sus miembros: Paul Berg (Noruega), René Cassin (Francia), Fernand Dehousse (Bélgica), Víctor Raúl Haya de la Torre (Perú), C.L. Hsia (China), K.C. Neogi (India), Dusan Brkish (Yugoslavia), y Nicolai Kiukov.

Un comité de redacción en 1947, debía elaborar el primer borrador de la declaración comisión nuclear, conformado por Eleanor Roosevelt (presidenta), Peng Chun Chang (China), Charles Malik (Líbano) y John Peters Humphrey, director de la división para los Derechos Humanos en la Secretaría General de la ONU, al cual se sumaron más tarde representantes de Australia, Chile, Francia, Unión Soviética y Reino Unido.

John Peters Humphrey, cuenta en sus memorias de la invitación al departamento de Roosvelt conjuntamente con Malik y Chang, en la que luego de esa reunión se le designó de común acuerdo la elaboración de la declaración preliminar, y expresa que le tocó jugar el papel de Thomas Jefferson, aunque no lo era, presentando el 4 de junio de 1947 un documento de 408 páginas, que consistida de un preámbulo y 48 artículos.

Hay que tener presente que previamente a su elaboración se tomaron en cuenta todo el material que se había recopilado sobre derechos contenidos en constituciones, así como las diferentes propuestas de declaraciones, como por ejemplo, de Chile, Cuba, Panamá, India, Estados Unidos, así como también del proyecto preparado por el American Law Institute, presentado por Panamá, y del cual formó parte Ricardo J. Alfaro, abogado internacional de los derechos humanos Explica Humphrey que el documento de derechos humanos de Panamá, fue el mejor texto presentado y que él se apoyó en el mismo, por lo que las diferencias entre el texto de Panamá y la Declaración Universal se advierte que son meramente formales.

El segundo borrador de la declaración lo elaboró Rene Cassin, aunque esté le dá una nueva forma al proyecto de Humphrey, y a partir de ahí en adelante indica Morsik, que el contenido de la declaración fue cambiando de su contenido inicial por las propuestas que se fueron insertando y dejó de ser un documento asociado a un país o a una persona.

Para terminar, hay dos hechos que son importantes en la declaración universal y que son poco conocidos: 1) Su nombre originalmente fue ‘Declaración Universal de los Derechos del Hombre' y 2) que no solo la participación femenina se reduce a Eleanor Roosevelt. Tenemos en ese contexto la aportación femenina de la Comisión Jurídica y Social de la Mujer y de sus integrantes como Bodil Begtrup, Jessie Grey Street (Vice presidenta), Minerva Bernardino de República Dominicana,que influyeron en la modificación del lenguaje sexista de la declaración y de otros aspectos, y entre otras, como, Shaista Ikramullah, de Pakistán, Hansa Meht legisladora de la India, Bodil Begtrup, de Dinamarca.

CATEDRÁTICA DE DERECHO PENAL, UP

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