• 21/05/2019 02:00

Los privilegios de los diputados

Los cinco diputados independientes electos el 5 de mayo de 2019 han comenzado con bien pie renunciando a algunos de sus privilegios

Los cinco diputados independientes electos el 5 de mayo de 2019 han comenzado con bien pie renunciando a algunos de sus privilegios: el uso de la franquicia postal (antes también telegráfica) y telefónica y a la exoneración del impuesto de introducción de dos vehículos durante su periodo. Este beneficio, pero solo de un vehículo por periodo, lo tienen sus suplentes. Eso está contemplado en el artículo 221 del Reglamento Orgánico de la Asamblea, creado mediante Ley 49 del 4 de diciembre de 1984, modificado una decena de veces, y que también contempla en su numeral 3 el uso de pasaporte diplomático para el parlamentario. Este último derecho se deriva del artículo 229, que establece que los diputados tendrán las mismas prerrogativas, emolumentos y asignaciones que los ministros o ministras de Estado. El uso de una placa distintiva para el vehículo del diputado nace de que a los diputados las autoridades los deben tratar con respeto.

De 1968, cuando se clausuró la Asamblea Nacional tras el golpe de Estado, no existió un órgano legislativo con todas las de la ley, hasta que este fue creado por las reformas constitucionales de 1983, concertadas entre el Gobierno y la oposición. En 1984, se dio la primera elección presidencial desde el desajuste constitucional y se eligieron los primeros diputados, en ese entonces, legisladores, porque para los militares el término ‘diputado' representaba las componendas y politiquerías del régimen corrupto que supuestamente ellos quisieron erradicar.

Para hacer esa elección, al reunirnos en la Asamblea, tuvimos que comenzar de cero. Previo a ello existía la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos, creada en la Constitución militarista de 1972, y que elegía a 505 miembros, que se reunían una vez al año. En 1980, de sus representantes se escogieron cuatro por cada provincia, que se unieron a dos electos por votos popular (provinciales), creando una especie de híbrido legislativo. Había mucho desorden en cuanto a privilegios: cada representante (505) tenía derecho a una exoneración de impuesto vehicular, pero, como es de suponer, en muchos corregimientos existían electos que no sabían manejar o en sus lugares no había carreteras. Se convirtió en una lucrativo negocio de la empresas vendedores de autos lujosos el traficar con esas exoneraciones, así como por todas partes proliferaron los Mercedes Benz y los BMW, manejados por particulares, pero cuyos dueños eran los entonces padres de la Patria, que desconocían siquiera quienes eran los que ‘usaban y tenían' los vehículos a su nombre.

Los que preparamos ese primer reglamento, pusimos límites a esos abusos. Los mismos siguieron, sobre todo con las exoneraciones de suplentes que se vendían por B/5000 para quien la cediera. En los predios de la Asamblea siempre había un muy bien vestido vendedor acechando a todo aquel que tuviese una exoneración disponible.

Igualmente se incluyó en la primera versión del Reglamento la potestad del legislador de nombrar, dentro de la planilla de la institución, a personal para su ayuda legislativa, por la suma de B/4000 al mes, que era de su libre remoción. Esa cantidad desapareció con el tiempo, asumo que para que ese límite no se supiese y pudiesen asignar más nombramientos a los diputados, tal como ha ocurrido en los últimos años. El presidente electo ha señalado que a los diputados solo se les autorizará para nombramiento de secretaria, asesores y conductores.

Soy de opinión que, si en 1984, esa suma era de B/4000 al mes, hoy, 35 años después. debería ajustarse a B/12 000 o 15 000, siempre y cuando los nombrados sean supervisados por la Contraloría General de la República, para evitar que se asignen a parientes o botellas, para lo cual habría que reformar el Reglamento Orgánico en lo relativo al nepotismo.

La inmunidad parlamentaria está establecida en el artículo 154 de la Constitución Nacional y se refleja en el artículo 228 del Reglamento Orgánico: el diputado no es legamente responsable por sus opiniones y votos en el ejercicio de su cargo. Con exclusión de obligaciones derivadas del Derecho de Familia (pensiones alimenticias) y Laboral (pago de prestaciones a sus trabajadores), para cualquier otro asunto judicial delictivo en que se vea envuelto un diputado (José Alberto Rosas caso Odebrecht) o policivo (Mario Lazarus -accidente que ocasionó un muerto) es el Pleno de la Corte Suprema de Justicia el que debe juzgar al diputado involucrado. Igualmente, cualquier secuestro o medida cautelar contra el patrimonio de un diputado, deberá ser autorizada por el Pleno de la Corte.

El problema de los privilegios ha sido su abuso. El diputado es inmune, no así el vehículo, aunque porte su placa distintiva, como es el caso de uno que agarró la Policía con drogas. El diputado es inmune, pero no sus hijos o los que trabajan con él. El solicitar pasaporte diplomático para esposa, padres e hijos, cuando es solo para el diputado.

Definitivamente que los nuevos diputados, al discutirse las reformas constitucionales, tendrán que encontrar mecanismos para que los mismos que tú investigas (magistrados) no sean los que te investigarán como diputado y para que haga más expedita la forma como se les investiga a ellos.

Como me señalaba el dirigente PRD, Héctor Alemán, la Asamblea Nacional es el único cuerpo político que puede regenerarse por sí mismo cada cinco años. De que se puede se puede, sobre todo ahora que habrá muchos más panameños, con lupas y microscopios, pendientes de todos los detalles de lo que pase, y no pase, dentro de la Asamblea Nacional.

ABOGADO

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