• 29/02/2020 04:00

El incesto: el enemigo oculto

En la mitología griega se menciona a Zeus, que tuvo entre sus amantes a su propia hermana mayor, Demetra, y que, como consecuencia de las relaciones incestuosas, tuvo dos hijos: Perséfone y Yaco, de igual forma hallamos otras referencias en la Biblia, en la literatura.

En la mitología griega se menciona a Zeus, que tuvo entre sus amantes a su propia hermana mayor, Demetra, y que, como consecuencia de las relaciones incestuosas, tuvo dos hijos: Perséfone y Yaco, de igual forma hallamos otras referencias en la Biblia, en la literatura.

Cabe resaltar que el incesto no es nada nuevo, pues históricamente las sociedades prohibían y castigaban como delito este comportamiento, y valga señalar que en algunas legislaciones se castigaba las relaciones incestuosas capaces de causar escándalo público, de manera que se excluía toda relación incestuosa realizada de manera privada.

Cuando hablamos de incesto nos referimos a la relación sexual entre parientes entre los cuales está prohibido el matrimonio, que puede darse entre parientes consanguíneos próximos (incesto propio), entre afines (incesto impropio) y el cuasi-incesto, que se da entre el tutor y pupila o entre parientes por adopción.

Hoy en día, el incesto, como delito, ha dejado de ser castigado en muchos países, como es el caso de nuestra legislación penal vigente que lo eliminó a partir del 2007, aunque previamente fue objeto de una pena de 3 a 5 años, pero debe quedar claro que el abuso sexual cometido contra un menor de edad puede concretar el delito de violación.

Y había que preguntarse, ¿por qué se castigaba? Las razones se fundamentaban en que se atentaba contra la familia, las buenas costumbres, la moralidad o la honestidad, ya que existía un deber de abstenerse de tener relaciones sexuales con determinados parientes, en otros casos se indicaba por razones eugenésicas, o simplemente porque se consideraba repugnante, ya que el Estado tenía un deber de proteger a la familia contra ese tipo de hechos que ofenden la moral familiar.

¿Y cuáles son las razones que motivan su castigo en algunos países?

Desde el punto de vista de la Corte Constitucional de Colombia, el incesto atenta contra la moralidad pública, indicando que con ello no se afecta la libertad de los sujetos, ya que las relaciones sexuales entre parientes afirman vínculos de dominación y sometimiento entre los miembros de la familia e invierten y distorsionan lo roles familiares, enfrentando un hecho que de manera frecuente se da en algunas regiones de ese país.

En ese sentido, no cabe duda de que quienes realizan estos actos son sujetos que deben proteger a la víctima (padres, madre, abuelo), que manipulan y engañan a la víctima con facilidad, manteniendo oculto el incesto, por diversos motivos a cambio de un regalo, de no ser castigado, o el temor de destrozar la familia. No es más que otra forma de abuso sexual cometido contra un niño o adolescente, que deja secuelas a corto y largo plazo, entre estos menores embarazadas.

De otra parte, el asunto de su punición, no deja de ser polémico, dado que el incesto es un hecho inmoral, aunque no por ello la solución al problema sea estrictamente penal, pues el derecho penal no es moralizador y no tiene por objeto imponer a las personas una concepción moral determinada, además de que con ello se limita la libertad sexual de las personas en el ámbito privado, como bien anota Hurtado Pozo. En efecto, en muchos países se permiten las relaciones sexuales entre hermanos adultos.

En resumen, a fin de que no dejemos que la casa deje de ser un lugar seguro para nuestros menores de edad, es fundamental no solo adoptar medidas preventivas al respecto para frenar este problema cultural que violenta los derechos y libertades de los niños y adolescentes, sino que también hay que reforzar los valores morales de la familia, y por ende de la sociedad.

Catedrática de Derecho Penal, UP.
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