• 05/05/2020 00:00

Recomendaciones de la OIT ante el COVID-19

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha elaborado unas disposiciones fundamentales de las Normas Internacionales del Trabajo pertinentes en el contexto del brote de COVID-19.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha elaborado unas disposiciones fundamentales de las Normas Internacionales del Trabajo pertinentes en el contexto del brote de COVID-19. Nos parece importante que trabajadoras y trabajadores las conozcan como forma de enfrentar el COVID-19 en distintos aspectos.

La OIT nos señala que “durante el siglo pasado las normas que se formularon y se examinaron periódicamente responden a la evolución del mundo del trabajo, con el propósito de proteger a trabajadores y trabajadoras, teniendo presente las necesidades de las empresas sostenibles”.

En 2019 la Declaración del Centenario de la OIT para el futuro del Trabajo reafirmó que la elaboración, la promoción, la ratificación y el control del cumplimiento de las normas internacionales del trabajo tienen una importancia fundamental para la OIT. Todos los instrumentos jurídicos de la OIT establecen un nivel básico de normas sociales mínimas acordadas por todos los actores de la economía mundial. Los países podrán implementar niveles más altos de protección y medidas ampliadas, a fin de mitigar las repercusiones de la crisis.

Las normas internacionales del trabajo contienen orientaciones específicas para velar porque haya trabajo decente en el contexto de la respuesta a la crisis, lo que incluye orientaciones que guardan relación con el brote actual COVID-19.

Una de las normas internacionales más reciente es la “recomendación sobre el empleo y el trabajo decente para la paz y la resiliencia 2017 número (205)” que fue adoptada por abrumadora mayoría, y pone de relieve que para responder a la crisis es necesario el respeto a todos los derechos humanos y el imperio de la Ley, incluido el respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo y de las normas internacionales del trabajo.

La recomendación destaca un planteamiento estratégico para responder a la crisis incluida la adopción de un planteamiento gradual y multidimensional que ponga en práctica estrategias coherentes y globales para posibilitar la recuperación y potenciar la resiliencia; este planteamiento incluye:

La estabilización de los medios de vida y de los ingresos, a través de medidas inmediatas para el empleo y la protección social.

La promoción de la recuperación económica para generar oportunidades de empleo y trabajo social.

La promoción del empleo sostenible y el trabajo decente, la protección y la inclusión sociales, el desarrollo sostenible, la creación de empresas sostenibles, las pequeñas y medianas empresas, la transición de la economía informal a la formal, la transición justa hacia una economía ambientalmente sostenible y el acceso a los servicios públicos; la evaluación del impacto que tienen en el empleo los programas nacionales de recuperación.

|La prestación de orientaciones y apoyo a los empleadores y empleadoras, a fin de que puedan adoptar medidas eficaces para identificar, prevenir y mitigar los riesgos de los efectos negativos en los derechos humanos y laborales en sus actividades o en productos, servicios o actividades con los que puedan estar directamente asociados.

La promoción del diálogo social y la negociación colectiva.

Los gobiernos, tan pronto sea posible, deben garantizar la seguridad básica del ingreso, en particular para las personas que hayan perdido sus puestos de trabajo o medios de vida a causa de la crisis.

Por su parte, entre las medidas para facilitar la recuperación y promover el empleo y el Trabajo Decente, la OIT señala, entre otros, lo siguiente:

Un planteamiento gradual y multidimensional, para permitir una recuperación, debería incluir, medidas inmediatas de promoción social y de empleo que promuevan, entre otras cosas, la recuperación de la economía local.

En el contexto de la desaceleración económica, es particularmente pertinente mantener los niveles de los salarios mínimos, para proteger a las y los trabajadores en situación vulnerable y reducir la pobreza, aumentar la demanda y contribuir a la estabilidad económica.

Las medidas de seguridad e higiene del trabajo no deberán implicar ninguna carga para los trabajadores.

Panamá, como miembro de la OIT, debe atender a estas medidas, para garantizar el trabajo decente con todas las prestaciones que este implica y dar respuesta a la situación precaria en la que se encuentra más de un millón trescientos setenta y seis mil trabajadores y trabajadoras del país.

Secretaria general de la Central General Autónoma de Trabajadores de Panamá (CGTP).
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