• 09/07/2021 00:00

Fundamentación politológica de la Asamblea Constituyente

“Es inminente apuntar hacia un referéndum que decida la voluntad popular de elegir esta significativa herramienta, que, definitivamente, reditúa un nuevo Estado”

Para estudiar la constituyente originaria, inicialmente, nuestro país, desde 1904, ha tenido dos asambleas constituyentes y cuatro actos reformatorios, para justificar el presente análisis oportuno desde el punto de vista de la Ciencia Política enfocaremos, desarrollaremos este aporte desde esta perspectiva. Históricamente, las constituciones propiamente se consolidan desde el consenso de los asociados, producto de revoluciones cuya motivación estriba desde el corazón de sus nacionales impulsados básicamente por naciones, Estados sometidos por monarquías, tiranías, imperios absolutistas, formas de gobierno que dan pie al hastío de los ciudadanos, siendo pues la génesis política y justificación social de las primeras constituciones.

Entre sus primeras denominaciones encontramos la Carta Magna, derivada del Tratado de Paz de 1215, en Inglaterra, la cual imponía ciertas reglamentaciones al ejercicio del poder monárquico.

Eventualmente, a través de la historia, fueron evolucionando los métodos, las formulaciones, sin dejar de observar que la principal motivación es eminentemente sociopolítica. Siendo sus principales promotores y ejecutores los ciudadanos, que a su vez endosan, confían su redacción un grupo selecto de notables, quienes poseen alto grado de conocimiento de los diferentes sectores que involucran a la sociedad en su conjunto, por tanto, es el primer paso registrado para la conformación de los designados para esta cívica y patriótica tarea, revestida del poder emanado de los nacionales.

También las constituciones son establecidas por regímenes autoritarios para consolidar su poderío, que, generalmente, perdura hasta que se debilitan y sucumben ante sus propios adeptos a través de conspiraciones internas o golpes de Estado.

Pero, el requerimiento de los imperiosos cambios inmediatos dentro de un Estado emergente es la prioridad básica de regirse por un mecanismo de control de las instituciones y el ejercicio del poder encomendado por sus legítimos soberanos, es decir, el pueblo.

En la actualidad, la realidad latinoamericana en medio del espectro ideológico, a sabidas cuentas testigo de que las conocidas recetas ideológicas no son el remedio a nuestros graves problemas socioeconómicos; prueba de ello es la fácil captación de los Gobiernos ante la voracidad de las transnacionales y los desastrosos actos pandémicos de la corrupción.

Todos estos elementos fácticos nos obligan a cuestionarnos si realmente el cambio constitucional es el liquidador de la corrupción y sus protagonistas o si es la falta de formación ética, personal y moral de los ciudadanos.

Siendo el Derecho Constitucional uno de los pilares de la Ciencia Política y las instituciones que justifican su razonamiento y teoría, nos es obligante ineludiblemente recomendar, por el bienestar sociopolítico que nos una, guíe hacia la consolidación de una asamblea constituyente originaria, para producir un organigrama de vigilancia público y conductor de la paz social. Es inminente apuntar hacia un referéndum que decida la voluntad popular de elegir esta significativa herramienta, que, definitivamente, reditúa un nuevo Estado. Básicamente de esta manera es que se fundamenta y cumple cabalmente una asamblea constituyente originaria. ¡Acción!

Ciudadano independiente.
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