• 25/12/2021 00:00

Mudanza del barrio, gentrificación y DDHH

“[…] derechos humanos colectivos y difusos, que abarcan todos la categoría de derechos humanos […] y que han sido reconocidos en algunas constituciones, […], pero no en la nuestra”

Un buen día nos mudamos de casa y de barrio, y no nos inquieta, porque queremos hacerlo, aunque es distinto cuando la mudanza es obligada porque el dueño nos comunica que tiene un proyecto de renovación del edificio y nos da un plazo para mudarnos.

En ese momento, se nos viene el mundo abajo. Tenemos que abandonar el barrio, nuestro hogar, que nos proporciona un sentido de vida. Esa zona urbana, quizás un poco deteriorada, en la que hemos observado cambios progresivos de renovación urbana, lo cual ha conducido a que la población original de ese barrio, céntrico o popular, poco a poco haya sido desplazado por otra que tiene un nivel adquisitivo mayor, y es que llegó la “gentrificación”.

¿La gentrificación ha sido estudiada desde el derecho a la ciudad, o de un derecho a la vivienda, y habría que preguntarse si ha sucedido en Panamá? Solo hay que recordar los cambios que se dieron en los sectores de Campo Alegre, calle 50, los ocurridos en Urbanización Obarrio y San Francisco, entre otros, antes exclusivamente barrios residenciales, y poco a poco se han convertido en zonas comerciales.

¿Y cómo se da y qué trae la gentrificación? La gentrificación es una tendencia moderna que tiene en mente revalorizar ciertas áreas urbanas deterioradas, generalmente céntricas, en la que se da una metamorfosis del barrio poco a poco, que responde a intereses económicos, políticos, especulativos con planes de renovación urbana, o por motivos turísticos.

Las consecuencias son positivas, dado que se mejora el espacio urbano y los nuevos vecinos del barrio que pueden pagar los altos costos de las viviendas tienen beneficios, pero desde la otra cara de la moneda, este fenómeno es traumático para los vecinos originarios del barrio, que se ven obligados a dejar sus hogares, sometidos en ocasiones a “mobbing” o acoso inmobiliario.

Con lo anterior, se afecta el derecho a la vivienda, hay una discriminación social hacia los vecinos originarios del barrio, porque son expulsados de sus hogares, del lugar donde han vivido toda una vida, sin dejar de señalar que el fenómeno de la gentrificación tiene efectos sobre la calidad de vida de las personas de esos barrios, porque tienen que desplazarse a la periferia y no tienen el poder adquisitivo para obtener una vivienda, y con ello también se está violando el derecho a mantenerse en su hogar, en el lugar donde tienen relaciones sociales.

La gentrificación, transforma el barrio y este pierde su identidad e historia, esa identidad colectiva, de cohesión sociocultural dentro de la ciudad que permite a las personas integrarse (Raffio, Cabrera). Así el Casco Viejo se ha convertido en una zona gentrificada, de alquiler de bajo recursos económicos a propiedades con habitaciones de alto costo, con turistas, sin niños jugando en las calles y sin personas del barrio charlando en las plazas; y los pocos vecinos que quedan comparten su hogar en la Escuela Primaria Nicolas Pacheco.

¿Se puede detener la gentrificación? Por supuesto que sí, con políticas públicas urbanas, y de una gestión participativa y democrática en que se haga valer el derecho a la ciudad y los derechos urbanos: el derecho a mantenerse en el lugar, de identidad, de espacio público y monumentabilidad ( M. Cabrera), derechos humanos colectivos y difusos, que abarcan todos la categoría de derechos humanos (civiles, políticos, económicos, culturales y ambientales) y que han sido reconocidos en algunas constituciones, como la de Brasil y Colombia, pero no en la nuestra.

Catedrática de Derecho Penal, UP.
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