• 16/03/2009 01:00

Deberes y derecho del agua en Panamá

A nivel mundial existe un discurso globalizado sobre el derecho humano al agua, el cual la gran mayoría de los países lo consagran en su...

A nivel mundial existe un discurso globalizado sobre el derecho humano al agua, el cual la gran mayoría de los países lo consagran en su Constitución o Carta Magna respectiva. El agua es condición esencial para la vida, la subsistencia y el desarrollo humano, sin embargo la gran mayoría de la humanidad no contribuye con su deber de conservarla, sólo exige su derecho a que se le suministre en cantidad y calidad y aún más, no pagarla, porque la consideran un regalo de Dios y que siempre estará de manera infinita.

La realidad sobre el estado de nuestros ríos refleja la Cultura del Holocausto del Agua , a manos de nuestros propios ciudadanos panameños, que arrojan todo tipo de basura a las fuentes de estos cauces, sin tener conciencia de los daños presentes y futuros que nos ocasionamos a nosotros mismos como seres humanos que requerimos de ese vital líquido esencial para la vida. Ni hablar de la deforestación, la misma se da a orillas de los ríos, lo que incrementa la erosión y deslizamientos de tierra, porque al perder su barrera de protección natural aumenta la sedimentación en los ríos y disminuye la capacidad del caudal, secándose con el tiempo y después nos preguntamos “¿a dónde se fue el agua del río?”.

Cuando estábamos pequeños disfrutábamos del verano con nuestras familias visitando los ríos. El río Juan Díaz era uno de esos, ahora está totalmente contaminado. La responsabilidad ambiental es compartida, no es sólo el derecho a exigir, sino el deber de aportar nuestro grano de arena en acciones propositivas de cambiar nuestro comportamiento negativo evitando arrojar desperdicios a los ríos, mucho menos lavar las bombas de fumigar en estos cauces, porque el veneno que empleamos para erradicar las plagas para proteger nuestros siembros también mata a los camarones y cangrejos de ríos — que hoy día han desaparecido, producto de nuestras acciones — y, sobre todo, al llegar el agua contaminada al mar impacta en el ecosistema de agua salada, haciendo inhabitable el medio para el desarrollo de las especies de mar (peces), que son el sustento de nuestra alimentación.

La pesca es la segunda divisa de ingresos al país. ¿También acabaremos con nuestras fuentes de trabajo? ¿Tendrá Panamá que importar pescado, solo por nuestra actitud negativa de contaminar las aguas?

El Marco Legal de los Derechos del Agua en Panamá se consagran en nuestra Constitución, Capítulo 7; en la Ley 35 de Aguas de 1966; la Ley 41 de Ambiente de 1998; en nuestra Política Pública de Recursos Hídricos del 2007; y en los distintos decretos y resoluciones que otorgan competencia a diversas instituciones, como los ministerios de Desarrollo Agropecuario y Salud, el IDAAN, la ASEP, la ACP y ETESA, en la gestión del agua; y la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), como rectora en la protección y conservación de los recursos naturales.

Nuestro mayor reto como panameños es exigirnos el derecho de tener agua en calidad y cantidad y el deber de contribuir a la conservación y protección de nuestro mayor recurso invaluable el agua , que es el insumo motor del desarrollo de nuestro país.

Salvemos nuestros ríos y fuentes de aguas, tesoro y petróleo de nuestro Panamá.

*Jefe de Concesiones y Permisos de Agua / ANAM.luis.escalante@anam.gob.pa

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