Comercios que aún entregan bolsas plásticas y consumidores que las exigen reflejan los desafíos pendientes para el cumplimiento de la normativa ambiental...
- 07/09/2012 02:00
Regulación eléctrica o anarquía
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Agrega La Estrella en Google ↗️Después de casi cinco años de generada la crisis financiera en Francia, con una pérdida de 30 billones de dólares, que posteriormente se transformó en la mayor recesión del planeta desde los tiempos de la ‘Gran Depresión’, la mayoría de los gurú en el tema coinciden en que la falta de regulación fue el mayor detonante de este trance económico. Hoy es motivo de una tasa alarmante de suicidios en países como Grecia y España.
Aunque el debacle financiero mundial que golpea principalmente a Estados Unidos y los países de la Unión Europea, no es objeto de análisis en esta ocasión, es fundamental ponerlo en contexto para entender la importancia de la regulación en cualquier mercado.
La diputada Yanibel Ábrego del gobernante partido Cambio Democrático dijo que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos —ASEP— no tiene herramientas para poner en orden a las empresas de electricidad. ‘Somos víctimas de un contrato leonino que se hizo a favor de las empresa y no para beneficiar al pueblo’.
Contrario a lo expresado por la política, la ASEP está comisionada para evaluar el desempeño de las empresas, en eficiencia operativa y gestión del servicio. Así lo estipula el artículo 20 de la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, que dicta el marco regulatorio para la prestación del servicio público de electricidad. El artículo 143 establece que el regulador impondrá las sanciones a quienes cometan alguna de las infracciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales correspondientes, según la naturaleza y la gravedad de la falta. El artículo fue modificado en el 2009 por la Asamblea. Establece las multas que pueden ser impuestas. Antes de la reforma, la sanción era de mil a un millón de balboas. Con la modificación, aumentó de mil hasta 20 millones. También se imponen multas reiterativas, que van desde 100 a 10 mil balboas por día, cuando la empresa no cumpla lo ordenado por la ASEP.
La empresa española Gas Natural Fenosa tiene antecedentes internacionales. A inicios de la década pasada, en República Dominicana, sostuvo acalorados enfrentamientos con el gobierno, por problemas relacionados con la distribución y una serie prolongada de apagones que incluyeron carencias en el abastecimiento del suministro. Finalmente llegó a un acuerdo y salió del país. Una sentencia dictada por la Corte de Constitucionalidad de Guatemala determinó en noviembre de 2004 que Fenosa hacía cobros indebidos a través de un impuesto ilegal y que debía retornar a los usuarios los importes facturados y dejar de cobrarlos. Se trata de 260 millones de dólares, aproximadamente.
Según el diario el Periódico de Guatemala, en julio del 2005, el Congreso recibió más de 4,500 quejas de los clientes en contra de la distribuidoras de occidente y oriente de esa nación centroamericana, Deorsa y Deocsa, respectivamente.
Sobre las distribuidoras eléctricas y los contratos de concesión, la Ley 6 de 3 de febrero de 1997 ofrece salidas. El Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998 que reglamenta la referida norma, establece en su artículo 12 que el Estado tiene derecho a rescatar la concesión por razones de interés público, siguiendo las fórmulas y mecanismos de compensación establecidos en el respectivo documento de concesión.
Aducir que la ASEP carece de herramientas no se ajusta al marco jurídico vigente. Lo que parece faltar es voluntad en regular. En diversas oportunidades he denunciado la violación a la norma en la que presuntamente incurren algunos operadores de telecomunicaciones, como es el caso de Cable & Wireless. La británica suele enviar a mi teléfono móvil y seguramente a muchos más, los denominados ‘spam’ o mensajes basura, sin que la ASEP haga algo para impedirlo. El artículo 256 del Decreto Ejecutivo 73, de abril de 1997, prohíbe a los concesionarios de telecomunicaciones permitir el telemercadeo. El aludido decreto no ha sido reglamentado por la ASEP.
¿Dónde queda la regulación? ¿Es desregulación, o anarquía con alevosía?
PERIODISTA