• 10/10/2026 00:00

¿Dos cargos, dos salarios y una sola jornada?

La reforma electoral no puede convertirse en una licencia para multiplicar privilegios mientras se les exige a los demás funcionarios cumplir con sus responsabilidades.

En Panamá, al ciudadano común le exigen puntualidad, productividad y resultados. Al funcionario público, cumplir con su jornada. Pero cuando se trata de algunos políticos, pareciera que las reglas se vuelven flexibles, los horarios se estiran y las responsabilidades se acomodan al gusto del elegido.

La reforma al Código Electoral que se discute en la Asamblea Nacional abre un debate que no puede despacharse con el argumento de que se trata de ampliar derechos políticos. Porque una cosa es permitir que una persona se postule a más de un cargo de elección popular y otra, muy distinta, es permitirle conservar esas posiciones y ejercerlas de manera alternada.

Y aquí es donde empiezan las preguntas que merecen respuestas, no discursos.

¿Estamos reformando el Código Electoral para fortalecer la democracia o para facilitar que algunos políticos acumulen cargos?

Porque si una persona resulta electa para dos posiciones, ¿qué significa exactamente conservar ambas? ¿Qué obligaciones mantiene respecto de la que no ejerce? ¿Quién responde por las decisiones que se toman durante su ausencia? ¿Qué ocurre con quien ocupa temporalmente el puesto? ¿Y quién garantiza que los ciudadanos no terminen pagando el costo de una administración intermitente?

No estamos hablando de cualquier empleo. Un alcalde administra un distrito, atiende comunidades, responde por servicios públicos y maneja recursos del Estado. Un diputado legisla, fiscaliza y representa a sus electores. Ninguno de esos cargos es un pasatiempo que pueda atenderse entre reuniones, llamadas y compromisos personales.

Y, sin embargo, la discusión parece reducirse a una cuestión de titularidades.

¿Cuántos cargos puede acumular una persona antes de que empiece a incumplir con alguno?

Pero hay algo todavía más delicado: ¿quién vigila al que pretende vigilar? No basta con decir que no se cobrarán dos salarios simultáneamente. Hay que explicar cómo se garantizará que el salario que sí se cobre corresponda a un trabajo efectivamente realizado. Porque el problema no es solamente cuánto dinero recibe un funcionario, sino qué recibe el ciudadano a cambio.

Si un funcionario público no puede atender otro empleo durante su jornada porque debe cumplir con sus obligaciones y horarios, ¿por qué un cargo de elección popular tendría que funcionar bajo una lógica distinta?

¿Acaso el voto convierte a alguien en una persona con más horas disponibles que el resto de los panameños? Y si el argumento es que el suplente atenderá el cargo que quede en licencia, entonces expliquen por qué se necesita conservar la titularidad de ambos. ¿Qué gana el ciudadano con esa fórmula? ¿Qué gana la institución? ¿Qué gana la democracia?

La respuesta no puede ser: «porque la ley lo permite». Precisamente, estamos discutiendo si debemos permitirlo. La reforma electoral debe servir para fortalecer la representación ciudadana, no para diseñar excepciones a la medida de quienes ocupan el poder. La ciudadanía merece saber quién ejerce cada cargo, cuánto cuesta esa decisión y quién responde cuando las obligaciones quedan desatendidas.

Porque el problema de Panamá no es que falten cargos para ocupar. Es que sobran responsabilidades que todavía esperan ser cumplidas. Y mientras algunos discuten cómo conservar dos puestos, hay comunidades que siguen esperando que alguien atienda uno.

Dos cargos pueden caber en una credencial. Lo que todavía está por demostrarse es si caben en una jornada de trabajo. Y que no nos respondan que es por amor al servicio público. El amor al servicio se demuestra trabajando, no acumulando nombramientos.

Si la meta no te asusta, estas soñando muy pequeño

* La autora es abogada
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