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- 01/07/2014 02:00
Sobre indultos y amnistías
La figura del indulto es potestad del presidente de la República con el ministro respectivo, tal como está contemplado en el artículo 184 de la Constitución Política. El parágrafo 12 expresa: ‘Decretar indultos por delitos políticos, rebajar penas y conceder libertad condicional a los reos de delitos comunes’.
Quizás los indultos más famosos que se recuerden son los que aprobó Mireya Moscoso en sus últimas dos semanas de mandato en 2004. Ella incluyó a 183 ciudadanos que tenían pendientes procesos judiciales o que ya habían sido condenados. Para ella no importó si eran delitos políticos o comunes. Esta decisión fue duramente criticada por dirigentes políticos y por personas ligadas al gobierno cubano.
De esa cantidad los cuatro casos más sonados son los de Luis Posada Carriles, Gaspar Jiménez, Guillermo Novo y Pedro Remón, quienes fueron detenidos, luego de ser acusados de tramar actos terroristas para asesinar a Fidel Castro, en tierras panameñas. Las detenciones se dieron antes de que Castro llegara a Panamá para participar de una Cumbre Iberoamericana en el año 2000. El propio Fidel relató cómo su aparato de seguridad logró desmantelar a los supuestos terroristas. Se insinuó, en aquella época, que Moscoso actuó para complacer peticiones del gobierno de EEUU. La administración norteamericana temía que el presidente electo, Martín Torrijos, pudiera acceder a las peticiones de Cuba y Venezuela, gobiernos que pedían la extradición de Posada Carriles y sus acompañantes.
La figura de la amnistía es competencia de la Asamblea Legislativa. La amnistía (del griego oamnestia, olvido) es una causa de extinción de la responsabilidad penal. Es un acto jurídico, normalmente emanado del poder legislativo; muchos individuos, que habían sido declarados culpables de un delito, pasan a considerarse inocentes por desaparición de la figura delictiva. En el indulto el delito y la culpabilidad se mantienen, pero se perdona o se rebaja la pena.
La amnistía más recordada fue la aprobada por la Asamblea Legislativa, en 1988. En esa época muchos ciudadanos eran perseguidos por el régimen de Noriega y varios medios opositores estaban clausurados. También había ciudadanos en el exilio y muchos periodistas subían y bajaban juzgados y fiscalías para responder por casos de calumnia e injuria. El ambiente era hostil y las finanzas públicas se estaban desmoronando. Para crear un clima de paz, los legisladores de la época, con la bendición de los militares, aprobaron esa amnistía, para mejorar el ambiente de violencia que se había generado por las declaraciones de Roberto Díaz Herrera y por los primeros indicios de que Noriega estaba implicado en el narcotráfico.
Debido a lo que significa el indulto y las personas que califican para tal fin, varios abogados presentaron recursos de inconstitucionalidad contra la decisión de Mireya Moscoso. Lo más patético es que le tomó a la Corte Suprema de Justicia casi cuatro años para pronunciarse sobre el tema. Los magistrados allegados a Moscoso jugaron un papel primario en esta demora. Mientras ese tiempo pasó los beneficiados gozaron de todas las prerrogativas de un indulto presidencial.
En aquella época el ex magistrado de la Corte Suprema, Edgardo Molina Mola, afirmó que Moscoso ‘violó’ la Constitución Política de Panamá, como lo establece el fallo de la Corte Suprema, pero que ‘lamentablemente’ no hay una sanción para estos mandatarios. ‘Esta es una barbaridad, aquí no hay una sanción civil o penal contra los funcionarios que violan la Constitución’, sostuvo Molino Mola.
También cuestionó el exceso de tiempo que pasó para que la alta corporación fallara. Ahora, ¿qué pasará ahora con los indultos y rebajas de penas aprobados por el presidente Martinelli? Se va a repetir lo mismo; indulta, abogados recurren a la CSJ y los magistrados, defensores de Martinelli, engavetarían el caso, para ganar tiempo para aquellos que son señalados como autores de hechos que van en contra de la convivencia social
Todo parece indicar que los beneficiados no son personajes de alto perfil, salvo algunos casos. Y es que muchos se han abstenido de acudir a la justicia, debido a que ésta se encuentra secuestrada por el Ejecutivo, es por ello que Martinelli no pudo incluir a quienes luego serán denunciados. Y, ¿a quiénes incluirá la Asamblea Nacional de recurrir a la amnistía? El asunto es interesante debido a que, en realidad, los grandes casos de corrupción se van a destapar cuando entre el nuevo gobierno y se hagan las auditorías forenses. También cuando se le exija a muchos la sustentación de sus nuevas riquezas. De limpios a millonarios y de millonarios a multimillonarios.
PERIODISTA
*EX SECRETARIO DE PRENSA, DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.