• 23/10/2011 02:00

Por la integridad y transparencia judicial

ABOGADO Y EMBAJADOR DE PANAMÁ ANTE LA OEA.. D ías atrás, conversando con un magistrado de la Corte Suprema, le comentaba lo desagradabl...

ABOGADO Y EMBAJADOR DE PANAMÁ ANTE LA OEA.

D ías atrás, conversando con un magistrado de la Corte Suprema, le comentaba lo desagradable que resultaba para cualquier ciudadano el tener que saber que un juez a quien se le había denunciado por prácticas irregulares —como liberar cuantiosos fondos a su cuidado— todavía continuase ‘administrando justicia’. Su respuesta: falta la legislación adecuada para atender las denuncias en contra de funcionarios judiciales corruptos.

Recientemente la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional aprobó en primer debate el proyecto de Ley que crea la Jurisdicción Especial de Integridad y Transparencia para prevenir la corrupción judicial, presentada a la Asamblea desde los tiempos en que el magistrado Harley James Mitchell Dale ejercía como presidente de la CSJ.

Este proyecto consiste en crear un tribunal que ejercerá de manera permanente en todo el territorio nacional, a cuyo cargo estará el juzgamiento y aplicación de las sanciones que correspondan a las faltas cometidas por los funcionarios judiciales permanentes, temporales u ocasionales, dentro del Órgano Judicial. El mismo será integrado por tres magistrados, los cuales serán nombrados por el Pleno de la CSJ, y que tendrán que llenar los mismos requisitos que se necesitan para ser magistrados del Tribunal Superior de un Distrito Judicial. O sea que tendrán un salario de B/6.000.00 mensuales.

Cualquier particular, abogado o funcionario judicial, que se sienta afectado en sus intereses, podrá presentar denuncias ante la Fiscalía Especial de Integridad y Transparencia, que simultáneamente debe crearse en el Ministerio Público para atender esta nueva jurisdicción. La misma se hará por escrito ante la Secretaría de la Fiscalía y deben indicar el nombre, cédula, domicilio del denunciante y denunciado, además del cargo que ejerce el acusado y al menos una explicación de los motivos en que se basa la acusación.

Cuando la denuncia sea admitida por el fiscal, se iniciarán las investigaciones y tendrá 40 días para llevar a cabo la investigación y remitir la vista fiscal al Tribunal. El fiscal dictará una resolución, la cual se le notificará al acusado. Concluida esta fase, el fiscal remitirá el expediente con su vista fiscal a la Secretaría del Tribunal, a fin de que se continúe con la tramitación correspondiente. Ya en el Tribunal, se hará el reparto y el magistrado sustanciador evaluará los resultados de la investigación y lo someterá al pleno del tribunal para que dictamine si hay mérito o no para continuar con el proceso de juzgamiento.

La decisión que tomé el Tribunal Especial no admitirá recurso judicial alguno y las sanciones incluyen amonestación pública, multa que oscile entre el 5% al 35% de la remuneración total mensual que devengue el funcionario sancionado, traslado forzoso, suspensión del cargo y privación del sueldo por un lapso no menor de un mes ni mayor a dos años o la destitución del cargo.

Este tipo de legislación sobre la transparencia judicial se promueve a nivel internacional por programas patrocinados por la ONU y la OEA, con el fin de evitar la corrupción en un aspecto tan vital para toda sociedad como lo es el impartir justicia.

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