Menores de edad y regulación de redes sociales ¿qué discutimos en Panamá?

  • 20/05/2026 00:00

Febrero de 2026 marcó un hito en el inicio de iniciativas legislativas que buscan restringir el acceso a las redes sociales a menores de edad a escala global. De acuerdo con varios registros, en abril de este año al menos 44 países han aprobado, implementado, considerado o propuesto leyes de este tipo. De estos, apenas cuatro las han puesto en vigor: Australia, China, Indonesia y Vietnam. En las Américas, se cuenta con una en Brasil; se encuentran en consideración en Chile, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos y Canadá.

¿Por qué 2026 marcó el inicio de este movimiento regulatorio? ¿Qué se busca con ello? ¿Cuáles son las cuestiones clave a las que se debe prestar atención? ¿Cómo estamos en Panamá? Con la brevedad de un artículo como corsé, trataremos, de responder algunos mínimos.

¿Por qué ahora? Porque ha quedado suficientemente demostrado que las bondades asociadas al cambio tecnológico (acceso a diversidad de fuentes informativas y educación a distancia, por ejemplo) han venido en tándem con iniquidades (desinformación, vigilancia masiva). Y son los efectos indeseados, lamentablemente, los que se han extendido con mayor velocidad, gracias al modelo de negocios de las plataformas tecnológicas, que obtienen pingües réditos económicos por la extracción y comercialización de los datos personales de sus miles de millones de usuarios.

¿Qué se busca con estas leyes? El modelo de negocios de las plataformas, como dijimos, se basa en la extracción y comercialización de nuestros datos. ¿Cómo lo hacen? Entre otras estrategias, mediante decisiones algorítmicas que generan adicción a las redes sociales, especialmente en las personas más jóvenes, a través de mecanismos de gratificación instantánea como los llamados “likes” que provocan el enganche (engagement), o el scroll (desplazamiento infinito) en las pantallas que les mantienen consumiendo en línea.

En dos juicios muy recientes, en jurisdicción de Estados Unidos (Nuevo México y California) las empresas Meta y Google fueron declaradas culpables de causar depresión y ansiedad a una mujer, usuaria desde muy temprana edad, y las responsabilizó de provocar problemas de salud mental en los jóvenes. Meta, en particular, fue hallada culpable de no proteger a los menores de los agresores que abundan en Instagram y Facebook. Por ello, la promoción de leyes que regulen riesgos de adicción o de seguridad se aprecia como algo positivo.

Ahora bien, ¿a qué otras cuestiones se debe prestar atención? Hay que ver el bosque, pero también los árboles, como ha dicho la investigadora Nanjala Nyabola. El debate centrado en la prohibición del uso deja por fuera, al menos, dos cuestiones fundamentales. La primera tiene que ver con la vigilancia, que ya se ha extendido a través de la red. ¿Cómo saber la edad del usuario sin implementar mecanismos para extraer más datos, como el escaneo de documentos de identidad o algún tipo de captación biométrica? Por si parecieran dudas gratuitas, ya Meta ha anunciado que podría examinar la estructura ósea y la altura de los usuarios para detectar si son menores.

La segunda tiene que ver con el acento regulatorio en el usuario final, en la víctima de daño, y no en su origen o causa. En el caso de California, mencionado en un párrafo anterior, los abogados alegaron que funciones como el scroll infinito, las notificaciones constantes, y los filtros de belleza hacían irresistible el uso de las plataformas por parte de las personas más jóvenes por lo que, consideraron, las plataformas adolecen de un «diseño defectuoso». Siguiendo este razonamiento, ¿qué se debería regular? Parece lógico pensar que sea justamente el diseño que permite a las empresas tecnológicas hacer uso inescrutable de los datos de sus usuarios y lucrarse con ellos. Y ese es un asunto que lleva años de debate sin consensos.

Por una parte, en EE. UU., al ser ratificado que las plataformas de redes sociales no son responsables del contenido publicado por terceros, la desregulación salió fortalecida. En Europa, con otra aproximación al asunto, se ha avanzado con la aprobación de la Ley de Servicios Digitales que establece una serie de obligaciones para las plataformas con el interés de favorecer la transparencia, combatir la desinformación, y proteger la privacidad de los usuarios. En China, por su parte, los mecanismos de regulación son estrictos y supervisados fuertemente por el Estado. Latinoamérica, digamos, va a su propio ritmo...

Pero nos queda una pregunta pendiente. ¿Cómo estamos en Panamá? El consumo de redes sociales crece anualmente, sobre todo entre la juventud, como revelaron dos encuestas del CIEPS en 2025. En agosto de ese mismo año, estudiantes de la Universidad Católica Santa María La Antigua presentaron un proyecto de ley que fue declarado viable en marzo de este año. Actualmente se analiza en el seno de la Comisión de la Mujer, la Niñez y la Familia. ¿Qué regular? ¿Cómo regular? ¿Quién regula? ¿Cuándo se abre el debate público? Son otras preguntas por responder.

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