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- 10/08/2018 02:02
Mitos y realidades sobre los mares panameños
Sobre muchos temas nacionales se tejen fácilmente mitos y leyendas y se publicitan con rapidez. Sobre los mares panameños mencionaré solo tres: 1— Panamá ha perdido dominio marítimo y no puede proteger sus recursos marinos en sus mares y su plataforma continental. 2— Panamá está encerrado por los espacios marítimos de Colombia, Ecuador y Costa Rica. 3— Panamá necesita un amplio mar territorial por la seguridad del Canal.
Según la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, ‘mar territorial es el área marina sobre la cual se extiende la soberanía del Estado ribereño, incluyendo su espacio aéreo, su suelo y subsuelo. Puede tener una anchura máxima de 12 millas náuticas a partir de la línea de base'. Antes, están las aguas interiores y el territorio emerso del Estado ribereño sobre los cuales dicho Estado ejerce plena soberanía. Panamá logró, con la aceptación del gran golfo de Panamá como bahía histórica por Colombia y Costa Rica, que ese enorme espacio marino sea considerado aguas interiores. Además, coincide el golfo de Panamá con la mayor extensión de la plataforma continental nuestra con menos de doscientos metros de profundidad, antes del corto talud continental que antecede los fondos marinos de aproximadamente dos mil metros. En esa plataforma continental, como en la del golfo de Chiriquí y la más corta del Caribe, Panamá tiene todos los derechos de exploración y explotación de los recursos del suelo y subsuelo.
Panamá había adoptado en 1967 un mar territorial de 200 millas náuticas, siguiendo el movimiento inaugurado por la Declaración de Santiago de 1952 de Chile, Perú y Ecuador. Esos países querían proteger una zona litoral bañada por la corriente de Humboldt, rica en nutrientes que alimentaban una gran biomasa marina, base de su poderosa economía pesquera. La motivación era esencialmente patrimonial. En las largas sesiones de Caracas de 1973 sobre el Derecho del Mar a las que asistí, dichas naciones finalmente apoyaron un nuevo concepto más patrimonial, el de la Zona Económica Exclusiva, que cumplía con sus aspiraciones legítimas, así como las panameñas. Chile, el Estado más avanzado de la región, firmó la Convención del Derecho del Mar en 1997 y declaró: ‘La zona económica exclusiva tiene una naturaleza jurídica ‘sui géneris' distinta a la del mar territorial y a la de la alta mar. Se trata de una zona bajo jurisdicción nacional, en la que el Estado ribereño ejerce soberanía económica y en la que terceros Estados gozan de las libertades de navegación y sobrevuelo y de las propias de la comunicación internacional'. Panamá firmó la Convención en 1996 y Ecuador en 2012.
Según la Convención del Derecho del Mar en la zona económica exclusiva, el Estado ribereño tiene, entre otros, ‘Derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos, de las aguas suprayacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, y con respecto a otras actividades con miras a la exploración y explotación económicas de la zona, tal como la producción de energía derivada del agua, de las corrientes y de los vientos'.
En los mares patrimoniales de Colombia, Costa Rica y Ecuador que corresponden a sus Zonas Económicas Exclusivas, existe plena libertad de navegación y sobrevuelo por naves de terceros Estados, como se practica en la alta mar, de acuerdo con la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Así, aquellas que se dirigen a Panamá no pueden ser objeto de obstáculo alguno en su navegación. Panamá no está cercada de ninguna manera de esta forma.
La tesis de que 200 millas náuticas de mar territorial protegen mejor el Canal de Panamá ignora que dicha vía interoceánica está protegida de amenazas estratégicas por el Tratado de Neutralidad, parte de los Tratados Torrijos-Carter de 1977, que entró en vigencia el 1 de octubre de 1979, a cuyo protocolo se han adherido más de cuarenta Estados, entre ellos las mayores potencias, salvo la República Popular China que debería hacerlo por respeto a Panamá. Según el mismo, los dos garantes de la neutralidad son Panamá y Estados Unidos, superpotencia que tiene los recursos para enfrentar con mayor éxito las amenazas de esa naturaleza. De tal forma, no son necesarias ni doce ni doscientas ni dos mil millas de mar territorial para controlar dichas amenazas. ¡Lo demás es ilusión!
Panamá acaba de adoptar legalmente las líneas de base para determinar con mayor precisión su dominio marítimo y sus aguas interiores. Si ningún Estado de la comunidad internacional las objeta, no existe razón alguna para que nosotros los panameños lo hagamos y nos demos un tiro en el pie. Reitero, gracias a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y a los tratados de fronteras marítimas celebrados con Colombia y Costa Rica, la República de Panamá tiene un dominio marítimo bien delimitado y al fin aceptado por toda la comunidad internacional, mayor garantía de sus derechos y de su seguridad.
GEÓGRAFO, HISTORIADOR Y DIPLOMÁTICO.