Los capturados fueron ubicados en la comarca Ngäbe-Buglé, las provincias de Veraguas, Los Santos y Panamá
- 10/06/2009 02:00
Investigadores penales
La lucha contra los delincuentes frente a la represión es desproporcionada. Las reglas del juego procesal son de forzoso cumplimiento para los funcionarios, pero los malhechores sólo están sujetos al descuido y la fuerza. Atacan las 24 horas y en los lugares más vulnerables, por eso la prevención juega uno de los roles más importantes en la lucha contra el crimen frente al barullo de los inconformes.
Es imprescindible la labor de inteligencia en estas investigaciones, empero hay una zona oscura para llegar hasta el objetivo, además del peligro que entraña la contagiosa corrupción.
Es entonces ineludible la intensa supervisión de los funcionarios que trabajan como agentes en este delicado encargo, en el que se obtiene esa información previa, sobre la delincuencia para poder combatirla.
Debemos dividir las leyes utilizadas para suprimir los actos deleznables en este tema penal. Estas son: la sustantiva, que crea los derechos como el Código Penal; y la adjetiva, con la que se reclaman los derechos, como el también Código Judicial.
Nosotros combatimos los delitos con el apoyo exclusivo de la Policía Nacional desde 1904 hasta 1941, que es cuando nace la Policía Secreta, con un revestimiento de policía política, pero, con todo y el pie de fuerza, fue separada de la Policía Nacional. Este grupo de investigación evolucionó hasta convertirse en el Departamento Nacional de Investigaciones, y es con este decreto ejecutivo con el que se crea la Fiscalía Auxiliar de la República.
Es para este periodo del DENI, cuando caemos en la llamada “dictadura con cariño” , con el agravamiento de los excesos sobre la falta del absoluto principio del debido proceso, con el perjuicio de los resabios transmitidos, como un relevo de funcionarios investigadores empíricos y con publicitados coroneles al frente de la institución militarizada.
Pasado este periodo oscuro de más de dos lustros, nos quedaron cicatrices como el envío de presos sin condena hasta la isla de Coiba, crímenes sin resolver, paternalismo, etcétera, con todo, algunos lo celebran con barboteos. Ya lo escucharemos otra vez.
A finales del año 1989 llegó la anunciada democracia que todavía se tambalea, para entrar en la Ley de la Policía Técnica Judicial, de 9 de julio de 1991, que sobrevivió hasta el 27 de diciembre de 2007 con la creación de la Dirección de Investigación Judicial en la Policía Nacional, adscrita a la Policía Nacional, mientras los Servicios de Criminalística lo están al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público.
Sobre el efecto que produce en el sistema es notable por su poca efectividad. Podemos adelantar que antes con la PTJ, hubo un poco más de autonomía en la investigación, como se observaba en el artículo 31 de la sonada ley, que permitía con sólo indicios de la posible comisión de un hecho ilícito perseguible de oficio, al jefe del Departamento de Investigaciones dar las instrucciones para comprobar el hecho, la identificación de los autores y partícipes; y la aprehensión de los que podían ser sindicados, conforme a las leyes que todavía no se cumplen.
Ahora, la DIJ tiene que actuar bajo el mando del Ministerio Público, pero en todos los cuarteles y por supuesto que no hay suficiente personal instructor, con el agravante de que detienen para investigar cuando es todo lo contrario y sumamente pernicioso. Continuará.
-El autor es abogado y docente universitario.cherrera@cwpanama.net