• 06/03/2026 16:42

Pragmatismo maquiavélico positivo: soberanía, derechos humanos y el dilema de la acción internacional

En 1864, Maurice Joly publicó Diálogo en el Infierno entre Maquiavelo y Montesquieu. Allí confrontó dos visiones eternas: la eficacia del poder y la supremacía de la ley. Más de siglo y medio después, ese debate sigue vivo, no en la literatura, sino en el corazón de la política internacional contemporánea. Vivimos una época en la que regímenes autoritarios reprimen a sus pueblos, manipulan instituciones, anulan elecciones y, en algunos casos, patrocinan estructuras de violencia y terrorismo más allá de sus fronteras. Al mismo tiempo, el sistema multilateral diseñado para preservar la paz muestra signos evidentes de parálisis estructural.

Surge entonces una pregunta incómoda: ¿Debe la comunidad internacional permanecer inmóvil en nombre del principio de no intervención cuando un régimen viola sistemáticamente la dignidad humana y amenaza la estabilidad regional? A esta tensión la he llamado, deliberadamente, pragmatismo maquiavélico positivo. No se trata de glorificar la fuerza. Se trata de reconocer que, en circunstancias extremas, la inacción también es una decisión moral con consecuencias.

El principio de no intervención fue concebido para proteger a los Estados débiles frente a la injerencia de los poderosos. En América Latina, tiene profundas raíces históricas. Sin embargo, algunos regímenes lo invocan como escudo para blindar la represión interna. Bajo la bandera de la soberanía se encarcelan opositores, se cancelan elecciones y se elimina la separación de poderes. Pero la soberanía no pertenece al gobernante. Pertenece al pueblo.

Cuando un régimen captura el Estado y suprime la autodeterminación real, la no intervención entra en tensión con el principio, igualmente fundamental, de la autodeterminación de los pueblos. Y la autodeterminación sin libertad es una ficción.

Tras los fracasos internacionales en Ruanda y los Balcanes, la Cumbre Mundial de la ONU de 2005 adoptó la doctrina de la Responsabilidad de Proteger (R2P). Su premisa fue clara: la soberanía implica responsabilidad. Si un Estado falla manifiestamente en proteger a su población frente a genocidio, crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad, la comunidad internacional puede actuar colectivamente, incluso mediante medidas coercitivas autorizadas por el Consejo de Seguridad. El derecho internacional, por tanto, no es completamente pasivo. Contempla la posibilidad de acción.

El problema no ha sido normativo, sino político. El uso del veto, las divisiones geopolíticas y los cálculos estratégicos han paralizado respuestas colectivas frente a regímenes que reprimen internamente y, en algunos casos, fomentan desestabilización regional o toleran estructuras de terrorismo internacional. Esa parálisis erosiona la credibilidad del sistema.

En escenarios recientes, la remoción de estructuras autoritarias mediante acciones extraordinarias ha generado debates jurídicos intensos. Es legítimo que los haya. Pero también es legítimo reconocer que ciertos regímenes aprovecharon durante años la ineficacia del sistema multilateral para consolidar su poder, reprimir a sus pueblos y proyectar amenazas más allá de sus fronteras.

Cuando la amenaza es persistente, los mecanismos diplomáticos se agotan y la acción colectiva es bloqueada sistemáticamente, la situación deja de ser teórica. No estoy defendiendo la normalización del unilateralismo. Pero sí afirmo que, en circunstancias excepcionales, puede surgir una tensión trágica entre legalidad formal y legitimidad sustantiva.

Si una acción extraordinaria desmantela un aparato represivo, debilita estructuras de violencia internacional o neutraliza un Estado convertido en foco y promotor de terrorismo, su impacto trasciende la restauración institucional interna. Puede significar también una contribución concreta a la paz regional y mundial, salvando vidas inocentes que de otro modo seguirían siendo víctimas de esa amenaza.

La pregunta no es si la acción fue cómoda. La pregunta es si la pasividad habría sido moralmente superior. El riesgo, por supuesto, es que la excepcionalidad se convierta en regla. Si cada Estado decide unilateralmente cuándo intervenir, el orden internacional se fragmenta y prevalece la ley del más fuerte. Por eso el objetivo no puede ser justificar cualquier acción, sino reformar las instituciones para que la defensa colectiva de la dignidad humana no dependa del cálculo político de unos pocos.

Aquí el concepto clave es la solidaridad: no retórica, sino activa, con las víctimas de violaciones a los derechos humanos y con los pueblos cuya autodeterminación ha sido secuestrada. La protección de la dignidad humana no puede quedar subordinada indefinidamente a bloqueos políticos.

Conviene considerar seriamente medidas como revisar el alcance del veto, establecer criterios objetivos para activar mecanismos de protección colectiva, fortalecer alianzas democráticas regionales y vincular soberanía con estándares mínimos institucionales.

No se trata de escoger entre Maquiavelo y Montesquieu. Se trata de evitar tanto el cinismo del poder sin límites como la ingenuidad de un formalismo paralizante.

La soberanía no puede convertirse en refugio de la represión. Pero la defensa de la libertad tampoco puede transformarse en excusa permanente para la intervención arbitraria.

El desafío de nuestra generación es reconstruir un orden internacional capaz de ser eficaz sin dejar de ser legítimo. Porque cuando el sistema no protege a los pueblos, la tensión entre legalidad y acción deja de ser filosófica. Se vuelve histórica. Y en esa tensión se define el futuro de la democracia global.

* El autor es empresario y activista de la sociedad civil
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