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- 21/10/2025 00:00
Elección directa de diputados del Parlacen: una decisión justa y sensata
En un fallo emitido el 17 de julio de 2025, y publicado en Gaceta Oficial el miércoles 24 de septiembre de 2025, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la elección indirecta de los diputados del Parlamento Centroamericano (Parlacen) mediante una “lista cerrada” por ser violatoria del Tratado Constitutivo del Parlacen y los artículos 4 y 147 de la Constitución. Esa “lista cerrada” de los candidatos a diputados del Parlacen por Panamá estaba ligada a las candidaturas presidenciales tanto de los partidos políticos como las de la libre postulación que obtuviesen más del 2% de los votos emitidos en las elecciones generales que se celebran cada cinco años.
Este fallo causará un impacto en la Comisión de Reformas Electorales que está elaborando el proyecto de ley de reformas al Código Electoral que el Tribunal Electoral deberá presentar a la Asamblea Nacional, con miras a adecuar las reglas del juego para las elecciones generales del 2029, porque ahora deberá elaborar el mecanismo para fomentar la elección directa de los diputados de este organismo regional.
Esta decisión es justa y necesaria, porque el artículo 6 del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano establece que cada Estado parte elegirá sus diputados principales y suplentes de acuerdo con la normativa interna vigente que regula la elección de sus diputados locales, asignando las curules en la forma establecida en la normativa interna vigente para los diputados de su respectivo Órgano Legislativo. Esto garantizará que quienes busquen representar a Panamá en el Parlacen busquen directamente el voto de los ciudadanos, como lo hacen quienes aspiran a ser diputados de la Asamblea Nacional. El artículo 147 de la Constitución establece el sistema para elegir a los diputados de la Asamblea Nacional.
Ahora el debate en la Comisión de Reformas Electorales deberá centrarse en cómo asignar las 20 curules de Panamá, pues la cantidad de ciudadanos que aspiren a una curul en el Parlacen aumentará considerablemente. Hay que buscar una fórmula para que el proceso de asignación de esas 20 curules sea lo menos engorroso posible.
En fin, el fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la elección indirecta de los diputados del Parlacen es una decisión justa y sensata, puesto que le dará la oportunidad a los que aspiren a una curul en este organismo regional de buscar los votos para poder ser elegidos directamente como lo hacen sus pares de la Asamblea Nacional. Y los que resulten elegidos como diputados del Parlacen deben buscar el consenso necesario con sus colegas para modificar su Tratado Constitutivo, con el fin de introducir un método de denuncia que permita que cualquier país miembro pueda salirse y no abandonar ese tema hasta conseguir que se haga realidad. ¡Dios bendiga a la patria!